La CNMV permite los comparadores de plataformas de inversión participativa
La CNMV admite los agregadores y comparadores de Plataformas de Inversión Participativa (PFP o plataformas de microfinanciación) pero sólo a efectos informativos y publicitarios.
Además, la CNMV aclara que la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial establece que la de las PFP es una actividad reservada y, dado que no existe un régimen europeo en esta materia, las entidades de otros países no pueden ofrecer sus servicios de puesta en contacto entre inversores y plataformas.
En un documento sobre el sector de las financieras tecnológicas (fintech), el supervisor aclara que los agregadores pueden incluir un motor de búsqueda, pero para activar estas búsquedas no pueden pedir datos que permitan identificar las circunstancias de los potenciales clientes, como situación financiera, objetivos de inversión o experiencia inversora, entre otros.
Las plataformas pueden utilizar a terceros para captar inversores, aunque sólo pueden actuar como mediadores para informar de la existencia y características de la plataforma, por lo que no pueden prestar ningún tipo de servicio de inversión.
También pueden utilizar a terceros para identificar y captar potenciales proyectos porque en este caso -a diferencia de la atracción de inversores- no se trata propiamente servicios de inversión (en los que hay reserva de actividad).
Respecto de los agregadores precisa que la selección de los proyectos y de las plataformas que se vayan a incluir debe estar basada en criterios objetivos y debe incluir información "clara, oportuna, suficiente, accesible, objetiva y no engañosa" sobre derechos y obligaciones de los inversores.