Economía

TJUE avala que firma de relojes española no pueda registrarse como marca UE

24 mayo, 2019 19:25

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó este viernes que los relojes y artículos de joyería de la empresa Cuervo y Sobrinos 1882 no pueden registrarse como marca de la Unión Europea, al desestimar un recurso de esta firma madrileña a una sentencia anterior del Tribunal General.

La marca había sido registrada originalmente en agosto de 2014 para artículos de joyería y relojería, entre otros productos, pero la empresa gallega A. Salgado Nespereira solicitó su anulación invocando la existencia de las dos marcas anteriores denominativas españolas Cuervo y Sobrino, registradas en 1963 y renovadas hasta 2023.

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, por sus siglas en inglés) estimó esta solicitud y anuló el registro de la marca madrileña, que recurrió la decisión. Ante este recurso, la EUIPO rectificó y anuló la parte que afectaba a los bolsos, maletines y carteras y prendas de vestir, calzado y sombreros de la marca madrileña.

Así, consideró que el riesgo de confusión "quedaba excluido" en relación a estos productos, ya que no eran similares a los designados por las marcas anteriores de la compañía gallega.

Ante un nuevo recurso de Cuervo y Sobrinos 1882, al que se adhirió A. Salgado Nespereira para contestar la parte que le resultaba desfavorable, el Tribunal General confirmó la decisión de la EUIPO.

La sociedad madrileña volvió a recurrir alegando que el Tribunal General cometió un error al declarar que los signos en conflicto eran similares.

Además, señalaba que su fallo no había tenido en cuenta la "particular" tipografía del elemento denominativo "cuervo y sobrinos" al estudiar la similitud gráfica de las marcas enfrentadas y afirmaba que este tipo de letra "produce una impresión de conjunto diferente de la de las marcas anteriores" de la empresa gallega.

No obstante, el Tribunal de Justicia de la UE concluyó en un auto que el recurso de casación de Cuervo y Sobrinos 1882 queda desestimado por ser "en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado".