Denuncian la falta de prevención en riesgos laborales en empresas de reparto
Madrid, 27 may (EFECOM).- El despacho de abogados Colectivo Ronda, implicado en la defensa legal de repartidores o "riders", ha advertido este lunesde los peligros que implica la falta de formación en prevención de riesgos laborales entre los repartidores, déficit que ha vinculado con ser considerados autónomos en vez de trabajadores por cuenta ajena.
"Las empresas están sometiendo a los trabajadores a una situación de peligro constante; si las cosas siguen así y no actúan en el aspecto preventivo nos encontraremos cada vez más a menudo con sucesos de este tipo ", ha alertado el abogado Nicolás Alonso, en referencia a la muerte el pasado sábado de un repartidor de Glovo en Barcelona tras ser atropellado.
Alonso ha incidido en que, por el hecho de considerarlos autónomos, plataformas digitales de reparto como Deliveroo, Glovo, Stuart o Ubereats están "exoneradas de cualquier obligación en materia preventiva, pese a que se trata de una actividad con numerosos riesgos, como se ha visto este fin de semana pero también en el día a día".
Los accidentes de tráfico y los efectos en la salud de estar expuestos a la contaminación durante su jornada laboral son "riesgos no evaluados y que, por tanto, no se previenen", algo que no podría ocurrir bajo la legislación actual en España si se tratara de trabajadores por cuenta ajena.
"La diferencia es abismal", ha subrayado, tras recordar que por no ser sus empleados las compañías no dan formación, no aportan equipos de protección, no controlan el correcto estado de las herramientas de trabajo (como bicicletas y motos), ni someten a los repartidores a un reconocimiento médico para saber si pueden desarrollar este trabajo.
A ello se suma que las plataformas tampoco realizan un seguimiento de las horas que llevan trabajando los "riders" de forma continuada y sí valoran, por el contrario, la rapidez en las entregas, lo que en su opinión puede suponer un motivo de "presión".
"Al final los repartidores son personas que necesitan trabajo y ven una oportunidad fácil en esto, porque no se les exige experiencia ni formación, y con sólo una bicicleta pueden empezar, pero existen riesgos al exponerse al tráfico y la contaminación en una ciudad como Madrid", ha argumentado.
Los letrados de este despacho han citado como ejemplo las actas de la Inspección de Trabajo de Madrid en el caso que ha llevado a juicio a la empresa Deliveroo, en las que se precisa que más del 90 % del medio millar de repartidores que tenía la firma en la capital en 2017 no tenía experiencia previa en el sector del reparto.
"Como formación nos daban un vídeo de 20 minutos con pautas sobre cómo repartir, pero no sobre conducción segura o riesgos laborales. Además había presiones para que entregaras lo más rápido posible, porque tu ratio evoluciona en función del tiempo que tardes en las entregas. Nos saltábamos semáforos, íbamos en sentido contrario...", ha asegurado Óscar Hernández, ex "rider" de Deliveroo.
Esta empresa afronta el viernes 31 de mayo un juicio -fue aplazado en diciembre- en el juzgado de lo Social número 19 de Madrid por una demanda de la Tesorería de la Seguridad Social, un procedimiento iniciado después de que Inspección de Trabajo abriera un expediente contra Deliveroo por considerar que sus repartidores son en realidad "falsos autónomos".
La abogada de Colectivo Ronda Esther Comas ha destacado hoy que la compañía se enfrenta al pago de 1,2 millones de euros en cotizaciones atrasadas a la Seguridad Social de más de medio millar de repartidores en Madrid si finalmente el juez les da la razón.
En su opinión, Deliveroo está intentando alegar que sus repartidores trabajan para varias firmas a la vez, algo que "no desvirtúa el carácter de la relación laboral" y que en España también puede ser legal en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, ya que la figura del pluriempleo existe.
"Deliveroo se dedica al reparto y no tiene ningún empleado por cuenta ajena dedicado a ello, sólo personal de oficina. Eso denota el fraude", ha razonado.
Aunque la sentencia hará referencia a un período concreto -antes de julio de 2017- y puede ser recurrida, desde Colectivo Ronda esperan que la decisión marque un antes y un después para que se unifiquen criterios.