Rechazados los recursos de Aena y TCI sobre tarifas aeroportuarias de la CNMC
Madrid, 18 jun (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha rechazado sendos recursos de Aena y su accionista TCI contra las resoluciones adoptadas en 2015 sobre tarifas aeroportuarias por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a la que reconoce su competencia para la supervisión de dichas tarifas.
La sala de lo contencioso administrativo considera ajustada a derecho la reducción de tarifas en un 1,9 % establecida en julio de 2015 por la CNMC.
Asimismo, reconoce la competencia de la CNMC para establecer el criterio de separación de costes aeroportuarios aplicables a las operaciones comerciales y alas propias operaciones aeroportuarias.
En 2015, Aena y TCI ya recurrieron ante la Audiencia Nacional la propuesta de la CNMC de rebajar las tasas aeroportuarias un 3,5 % en 2016, recurso que también fue rechazado.
Actualmente, las tarifas aeroportuarias están reguladas por el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) para el quinquenio 2017-2021, aprobado por el Gobierno en enero de 2017 y sobre el que la CNMC, aclara la Audiencia Nacional, la CNMV se sitúa como órgano supervisor.
Aunque los recursos de Aena y TCI se refieren al periodo anterior a la entrada en vigor de DORA, la Audiencia Nacional entiende que la CNMC contaba, en ese periodo transitorio, con competencias en el procedimiento de actualización de tarifas.
La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha valorado las sentencias por lo que suponen de seguridad jurídica y certidumbre al marco regulatorio aeroportuario, e insta a AENA y TCI a reducir la "elevada beligerancia judicial" ante las decisiones sobre tarifas aeroportuarias que la CNMC ha adoptado en los últimos años.