10 respuestas para ayudarte a entender qué hará el INE con tu móvil
- El rastreo se realizará durante ocho jornadas y en seis momentos concretos del día
- Operadoras e INE aseguran la total protección al anonimato
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Una novedosa iniciativa del Instituto Nacional de Estadística (INE), consistente en utilizar datos de teléfonos móviles para incorporarlos a la información sobre movilidad que ofrece tradicionalmente, ha levantado una gran polémica. Los ciudadanos, en esta ocasión, se han mostrado muy celosos con la información que podría llegar a disponer el Instituto y éste ha tenido que aclarar en qué va a consistir el proyecto. Diez preguntas, con sus respuestas, ayudan a entender mejor en qué consiste esta iniciativa.
1. ¿Qué novedades incluye la iniciativa del INE?
El Instituto está realizando un estudio a partir de datos de teléfonos móviles para incorporarlos a la información sobre movilidad que ofrece tradicionalmente en los Censos de Población y Viviendas.
2. ¿Cómo se elaboraban antes los datos de movilidad?
Los datos de movilidad se han elaborado siempre a partir del censo (que se hace cada 10 años). En el cuestionario censal se preguntaba por el domicilio, el trabajo, los estudios… y también por el tiempo que se tardaba en el desplazamiento al trabajo o centro de estudios.
3. ¿En qué consiste el estudio?
La metodología del estudio divide el territorio nacional en unas 3.200 celdas, cada una de ellas con al menos 5.000 residentes. Para cada celda, el INE recibirá información de los tres principales operadores de telefonía móvil de España (Movistar, Vodafone y Orange) sobre cuántos terminales se encuentran en dicha celda en varios momentos del día.
4. ¿Qué días se han elegido para recoger la información?
Serán cuatro días laborables consecutivos de noviembre, del 18 y al 21. Durante esos cuatro días se tomará la posición de los móviles entre las 12 horas de la noche y las 6 horas de la mañana para establecer el lugar de residencia. Y entre las 9 horas de la mañana y las 18 horas de la tarde se examinarán los flujos de personas, de qué celda a qué celda van para trabajar o estudiar. Se observará si el móvil se mueve en seis momentos distintos del día (a las 6.00, 10.00, 14.00, 18.00, 22.00 y 2.00).
El INE también observará los desplazamientos en dos días del verano -20 de julio y 15 de agosto-, el 25 de diciembre y un domingo de noviembre, el 24.
5. ¿Cuántos teléfonos se van a seguir?
Todos los de Telefónica, Orange y Vodafone.
6. ¿Qué datos recibirá el INE?
La información se limitará a un recuento de terminales que será proporcionado al INE en forma de tablas agregadas de resultados. Lo que hacen las operadoras es facilitar recuentos de cuántos teléfonos se encuentran en cada zona en cada momento. Así se puede saber que, por ejemplo, en un área determinada hay 12.000 teléfonos funcionando a las 06:00 y sólo 6.000 a las 18:00.
7. ¿Qué datos no enviarán las operadoras?
Las compañías telefónicas no facilitarán datos individuales sobre números de teléfono, ni sobre los titulares de las líneas, por lo que en ningún caso el INE podrá rastrear la posición de ningún terminal. Es completamente anónimo.
8. Entonces, ¿es imposible que el INE conozca mi número de teléfono o algún dato mío más, como qué páginas veo en internet o dónde come?
Efectivamente, las operadoras no facilitan ni los números ni las posiciones de los teléfonos móviles. Solo recuentos de cuántos teléfonos se encuentran en cada zona en cada momento. Ningún dato más.
9. ¿Qué leyes garantizan el secreto estadístico?
El INE quiere recalcar que se trata de una estadística sometida, como todas las que elabora, a la Ley de la Función Estadística Pública, que garantiza el secreto estadístico y que cumple con todos los requerimientos de la Ley de Protección de Datos.
10. ¿Se está poniendo en riesgo la privacidad de los datos?
No. Desde Telefónica indican que “la privacidad de los datos individuales de nuestros clientes es de máxima prioridad”.
Al tratarse de datos estadísticos anonimizados y altamente agregados, no contienen registros individualizados vinculados a personas físicas, no siendo posible su identificación y en consecuencia no se pone en riesgo su privacidad.
En consecuencia, la anonimización de los datos con fines estadísticos o de investigación es un tratamiento lícito amparado por el marco jurídico vigente, tanto en materia de protección de datos como de servicios de telecomunicaciones.