Una manifestación de autónomos del campo.

Una manifestación de autónomos del campo. Europa Press

Empleo Hoy

El Gobierno cifra en 670 millones el impacto de la prestación para autónomos

Andalucía es la región donde más trabajadores por cuenta propia han pedido esta prestación, y también la que más se ha concedido. 

17 abril, 2020 12:02

Noticias relacionadas

Este viernes 919.173 autónomos perciben la prestación extraordinaria por cese de actividad, lo que supone una inyección de 670,9 millones de euros en su liquidez.

Esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma.

Según indica en un comunicado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a fecha de 15 de abril, 1.016.670 trabajadores por cuenta propia han solicitado esta prestación extraordinaria a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social. Se han aprobado el 97,3% de las solicitudes tramitadas. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.

Las comunidades autónomas donde se han registrado más solicitudes son Andalucía, con 19,45% del total; Cataluña (15,35%), la Comunidad Valenciana (12,85%) y Madrid (12,42%).

En términos absolutos, en Andalucía se han tramitado 192.154 solicitudes; en Cataluña, 151.633; y en la Comunidad Valenciana, 126.879. En los datos desagregados por CCAA hay un desajuste temporal respecto a las cifras totales, por el eso la suma total es más baja.

Sectores

El mayor número de peticiones se ha concentrado en el sector comercio, con 123.883 peticiones, mientras que le siguen hostelería (112.854) y construcción (68.560).

Para solicitar esta prestación no se exige periodo mínimo de cotización, sólo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

Tiene acceso a ella cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.