Los expedientes de regulación de empleo temporales (ERTE) y excepcionales por el coronavirus han supuesto un salvavidas para las familias españolas. Gracias a ellos, más de 3,4 millones de trabajadores reciben una prestación de desempleo, con pluses por hijos, a cargo de la Seguridad Social. Sin embargo, la mayoría de los receptores van a tener que 'devolver' parte de esta ayuda a la Agencia Tributaria.
Hay varios elementos que confluyen para que los contribuyentes que hayan estado en un ERTE vayan a tener que pasar por caja. Primero, que la Agencia Tributaria entiende que la Seguridad Social es un pagador, igual que una empresa, razón por la que el afectado por ERTE estará obligado a hacer la declaración de la renta.
“Aunque no se ganen más de 22.000 euros durante un ejercicio fiscal, si se tienen dos pagadores o más y cualquiera de los segundos pagadores ha abonado más de 1.800 euros, hay que hacer declaración de la renta”, explica Adolfo Jiménez, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget).
Pero la clave está en que la retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) que practican las empresas (y que se abona a las Administraciones Públicas) no se aplica por parte Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que gestiona las prestaciones relacionadas por los ERTE.
Es decir, que numerosos trabajadores afectados por los ERTE tendrán que pagar al Ministerio de Hacienda el IRPF correspondiente a lo cobrado mediante sus prestaciones cuando hagan la declaración de la renta de 2020 en 2021.
¿Cuántos podrían verse afectados? “Quienes estén un mes en ERTE, por ejemplo, no van a verse en esta situación, pero la gran mayoría de los trabajadores afectados sí que van a tener que pagar el IRPF”, estima Jiménez.
Recomendaciones
La cantidad que tenga que abonar el trabajador por el IRPF 'impagado' va a depender de numerosas circunstancias, como el tramo fiscal al que se tenga que someter y la cifra final que reciba en total por la prestación.
Por ejemplo, en el caso de que el contribuyente haya cobrado una prestación mensual de 1.000 euros durante tres meses y tenga el IRPF más común aplicado a su salario habitual (entre el 12% y el 14%) tendrá que pagar a Hacienda hasta 420 euros.
Y, por lo pronto, no hay visos de que los beneficiados por los ERTE vayan a quedar exonerados de tener que devolver lo que supone el IRPF aplicado a las prestaciones. “No veo razonable exonerar. La gente tiene que pagar por lo que gana”, opina Jiménez. “Pero la gente tiene que saber lo que le va a ocurrir”, añade. Por ello, aconseja a los contribuyentes afectados que se guarden la proporción de dinero correspondiente por si lo tienen que pagar en 2021.
En cambio, José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), considera que los contribuyentes pueden contar con suficiente espacio fiscal para amortiguar el golpe que puede suponer devolver lo correspondiente al IRPF de las ayudas.
Por un lado, avisa de que lo que le puede suceder a muchos afectados es que se reduzca la devolución que suelen recibir por la declaración de la renta en 2021. En este sentido, recuerda que cada caso es un mundo, sobre todo por las diferencias tributarias que hay entre las propias comunidades autónomas.
Por ello, cuando llegue el momento, recomienda revisar el borrador de la declaración de la renta y echar mano de la “la guía de la declaración” que habilita telemáticamente la Agencia Tributaria. En su índice hay “260 posibilidades para reducir la cuota tributaria y modificar el borrador”.
Deducciones pasadas por alto
En este sentido, lamenta que este paso, que debería ser habitual para los contribuyentes, se suele pasar por alto. En especial porque los ciudadanos no conocen muchas de las deducciones fiscales que figuran en la guía de la Agencia Tributaria, como las que se pueden hacer por los gastos de guardería o por el pago de la pensión de los hijos en casos de divorcio o separación.
“Sabemos que la gente no opta por esto porque el volumen de descargas de las guías de la declaración es insignificante”. De hecho, Mollinedo hace esta recomendación para la declaración del próximo año, pero también para la actual. Es un consejo permanente de los expertos fiscales.
También indica que el trabajador afectado puede pedir al SEPE que le aplique el IRPF correspondiente directamente en la prestación, “pero esto es algo que muchas familias, en la situación actual, no se van a poder permitir”.
En cualquier caso, Mollinedo avisa que todavía hay mucho balacao que cortar, en especial porque habrá sectores para los que los ERTE quedarán ampliados más allá del 30 de junio, incluso hasta diciembre. “En tal caso, ahí habrá un momento en el que la Seguridad Social haga un cómputo y aplique una retención, que es lo esperable, regularizando también los meses precedentes en los que no se ha producido retención como cualquier entidad obligada a retener”, explica.