Según los datos presentados hace escasas fechas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el 60% de los trabajadores que estaban protegidos por los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) excepcionales en lo peor de la pandemia ya ha vuelto a la actividad, requeridos por sus empresas para reincorporarse.
Pero, ¿puede un trabajador negarse a reincorporarse a su puesto de trabajo en un momento dado? No. Según las condiciones de los ERTE excepcionales, el empleado hacerlo, so pena de ser sancionado por la empresa.
“La empresa puede obligar a volver de un ERTE de fuerza mayor a sus trabajadores”, explica Alberto Novoa, abogado laboralista del despacho Ceca Magán. “Un ERTE es una situación que se produce en la empresa que la Autoridad Laboral autoriza tras revisar la petición. A partir de ese momento, todas las decisiones que se adoptan bajo el paraguas de la autorización de la autoridad laboral, son responsabilidad de la empresa".
Es decir, la empresa es la que decide a quién afecta un ERTE, cómo le afecta o desafecta y cuándo le desafecta. "El trabajador no tiene nada que decir ahí”, aclara el socio de Ceca Magán.
“Lo único que puede hacer el trabajador es poner una demanda porque considera que no tiene por qué verse afectado por un ERTE. Pero no puede negarse a reincorporarse a su puesto de trabajo si el empresario le reclama estando en un ERTE, no puede”, indica.
Inseguridad laboral
¿Y si la razón por la que el trabajador se niega a volver a su puesto de trabajo es porque no se cumplen las condiciones de seguridad incluidas en los protocolos de la nueva normalidad? “Debe poner una demanda en la Inspección de Trabajo y pedir unas medidas cautelares. Pero la orden de vuelta del empresario es ejecutiva en el momento mismo en que se notifica”.
De hecho, alerta de que si el trabajador no se encontrara en su puesto de trabajo en el día y hora a la que debería estar “es una ausencia y puede suponer una sanción, que de acumularse puede llevar a un despido procedente".
Novoa avisa de que las mismas reglas se aplican en los ERTE por causas objetivas o ETOP. “El empresario es el que decide cuando el ERTE afecta o desafecta a un trabajador”, insiste.