Ante el aumento de nuevos brotes, las comunidades autónomas están poniendo en marcha distintas medidas de contención. Esto ha provocado que los negocios que luchaban por reactivarse tras la desescalada vuelvan a situarse en la cuerda floja. La pasada semana Valencia recordaba la existencia de los Expedientes de regulación temporal de empleo 'por rebrote' para paliar los efectos que las restricciones podían generar en las empresas.
Esta medida ya se contemplaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado el 27 de junio, que recogía las medidas de protección para las empresas que se verían afectadas por la crisis sanitaria de la Covid-19.
De esta manera, los ERTE 'por rebrote' se destinan a "empresas que tienen que parar su actividad por nuevas medidas de contención derivadas del Covid", explica Ana Gómez, socia del área laboral de Ceca Magán y presidenta de ASNALA.
Protección para el trabajador
Esta medida supone un mecanismo de "salvaguarda del empleo", como el resto de ERTE. Durante el periodo que dura el expediente, el trabajador no se encuentra despedido, pero su salario queda sustituido por una prestación por desempleo y no devenga vacaciones ni pagas extraordinarias.
La cuantía de esta prestación no equivale al total del salario del trabajador, aunque esto no afecta en absoluto a sus cotizaciones, su nivel de prestaciones y su antigüedad en la empresa.
Para qué empresas
La denominada mesa de diálogo entre la Administración y los agentes sociales habilitó esta forma de ERTE por fuerza de causa mayor como una medida "muy excepcional que el Gobierno ya pensaba que podía surgir y que recoge ayudas muy generosas", señala Gómez.
Según lo estipulado por el BOE publicado el 27 de junio en su disposición segunda, pueden acogerse a esta medida: "Las empresas y entidades que vean impedido el desarrollo de su actividad por la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención que así lo impongan en alguno de sus centros de trabajo".
Aquellas compañías que se encuentren en dicha situación disponen de tiempo hasta el 30 de septiembre para acogerse a esta forma de regulación temporal de empleo, que debe contar con una previa autorización de la autoridad laboral competente.
Diferencia con el ERTE 'anterior'
"Es el mismo paquete de ayudas que los demás, pero tienen unas exenciones en materia de cotizaciones más generosas", explica Gómez, que se establecen en función del tamaño de la empresa.
Si el número de trabajadores es inferior a 50, la exención de estos ERTE 'por rebrote' es del 80%. En el caso de las compañías con más de 50 empleados, el porcentaje de exención previsto es del 60%.
Esto supone un incremento significativo respecto de los ERTE anteriores, que establecían una exención de entre el 25 y 35% en función de volumen de trabajadores de la empresa.
Al solicitar el ERTE por rebrote, la empresa decide si beneficiarse de esas ayudas en materia de cotizaciones. La abogada de Ceca Magán apunta que, en caso de recibir este tipo de apoyo, la compañía adquiere un compromiso de mantenimiento del empleo por seis meses.
Por tanto, se puede dar el caso de trabajadores que forman parte de una compañía que asume una protección del empleo durante seis meses. No obstante, esto "no supone una seguridad del 100%", ya que si la empresa se declara en concurso en el proceso "se ve exonerada de ese mantenimiento", detalla Gómez.
¿Una medida adecuada?
La presidenta de la Asociación Nacional de Laboralistas considera que la medida es correcta para "determinados perfiles de empresa" y subraya los grandes beneficios que puede suponer para determinadas compañías por el incremento en el porcentaje de las exenciones.
Sin embargo, analiza que estas disposiciones "son insuficientes" para aquellas empresas que no han podido acogerse a los ERTE. Considera que son necesarias "más medidas de protección" y un "plan a partir de 1 de octubre". De lo contrario, advierte, "algunas empresas se podrían ver abocadas al despido".