"La propuesta es una aberración". La sorpresa y la impotencia se apoderaron de las plataformas digitales de reparto en la tarde del miércoles, tras conocer el borrador final de la ley que, más allá de cambios técnicos, será la que apruebe el Consejo de Ministros y que permitirá laboralizar a los repartidores de compañías como Glovo, Deliveroo, Uber Eart o Stuart.
Un borrador que da a estas empresas un plazo de tres meses para contratar a sus repartidores y que en el sector empresarial ha sido calificada como un claro paso atrás en las negociaciones en el marco del Diálogo Social.
Esta propuesta de la Ley Rider deberá recibir los comentarios de sindicatos y patronal para elaborar el proyecto definitivo, pero ya no se producirán más reuniones con el Ministerio de Trabajo.
Las fuentes consultadas por este diario indican que la principal queja empresarial es que el actual borrador no incluye ninguna de las propuestas presentadas por la CEOE la semana pasada, en la última reunión entre el Ministerio de Trabajo, patronal y sindicatos.
En este encuentro, la CEOE aceptó la laboralidad en la mayoría de los riders, pero propuso flexibilizar el número de trabajadores afectados por la norma y dar paso a otras formas de contratación que complementasen la nueva ley.
Tres meses de plazo
En definitiva, los empresarios aceptaron la laboralidad como norma general, pero pidieron que se abriera la puerta a excepciones y a que un número no mayoritario de riders siguiese siendo autónomo.
No obstante, a ojos de las plataformas, nada de esto se ha cumplido. De hecho, el borrador al que ha tenido acceso Invertia no establece ninguna alternativa a la laboralidad, designa un plazo inmediato (tres meses) para su contratación y abre la puerta a que los comités de empresa tengan acceso al algoritmo de las plataformas, el sistema mediante el cual se organiza el trabajo y los repartos.
En él se precisa que Glovo, Deliveroo y otras plataformas digitales dedicadas al reparto "deberán dar de alta a las personas trabajadoras en el Régimen General de la Seguridad Social, como máximo, en el día primero del tercer mes a contar desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley".
Dicha contratación y alta en la Seguridad Social deberá incluir (con su correspondiente abono) "la duración íntegra de la relación laboral por cuenta ajena, y de las reclamaciones judiciales que afecten a las citadas personas trabajadoras", según reza el texto.
Así, se incluirá la "presunción de laboralidad en el ámbito de las plataformas digitales de reparto" para "la actividad de las personas que presten servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía a terceros, por parte de empleadoras que ejercen las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma indirecta o implícita, a través de una plataforma digital, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo".
Texto 'definitivo'
El texto incluye contenidos para introducir en un futuro proyecto de ley que se tramite en el Congreso, para que se permita y garantice el acceso de los comités de empresa y los representantes de los trabajadores a los algoritmos que emplean las plataformas digitales, independientemente de si son o no de reparto.
Una propuesta que para las plataformas y la patronal no ha tomado en cuenta sus sugerencias. "Sentimos que no se nos ha escuchado como durante toda la negociación en el Diálogo Social" indican desde una de las plataformas afectas a Invertia.
La patronal no dará su aprobación a este proyecto, pero ahora mismo no tiene armas para vetarlo, ya que el Ministerio de Trabajo dio por cerrada la mesa del Diálogo Social la semana pasada y solo está abierta a recibir comentarios respecto de este último borrador.
Cabe recordar que, a pesar de que patronal y sindicatos pueden presentar alegaciones técnicas, este borrador será el texto 'definitivo' que se aprobará en las próximas semanas, según han confirmado desde el Ejecutivo a este diario.