Este miércoles se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el real decreto-ley (RDL) para reducir la temporalidad en las Administraciones y solventar la situación de cientos de miles de trabajadores interinos en el sector público. Sin embargo, según los juristas, la solución alcanzada entre Gobierno y sindicatos generará una gran litigiosidad y agravará, todavía más, el conflicto en los servicios públicos.
"Me parece una huida hacia delante. El acuerdo y el real decreto no solucionan los problemas que existen, sino que van a acentuarlos todavía más". Quien habla es uno de los grandes "referentes" entre los abogados laboralistas cuando se trata de interinos en la Administración Pública: Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados.
Este jurista sostiene que las medidas plasmadas contenidas en el RDL van a generar "decenas de miles de demandas que van a colapsar durante cinco años los tribunales" de lo social y de lo contencioso.
¿Por qué? Según explica Valero, no aborda lo que dictan las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Supremo. Es decir, que se haga fijos a trabajadores interinos en el sector público que lleven más de tres años cubriendo una plaza vacante.
En esta situación hay, en la administración pública española, unos 300.000 trabajadores. Lo que ha pactado el Ejecutivo con los sindicatos es estabilizar estas plazas (poniendo como límite finales de 2024) a través de unas oposiciones en las que la experiencia tenga un valor del 40%. Es decir, que los interinos cuenten con ventaja respecto al resto de opositores.
Compensación
Por otro lado, se indemnizará con una compensación económica de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades, a los interinos que no superen la oposición. Eso sí, se tendrán que haberse presentado a ella.
Son estas 'soluciones' las que darán pie, precisamente a las potenciales demandas. Juan Ignacio Olmos, socio del área Laboral de Ceca Magán, explica que la Administración, a lo que está obligada, es "a reconocer la condición de fijo ya que la consolidación de su puesto ya está ganada".
Es decir, el Gobierno no debería obligar a los interinos a presentarse a una oposición para hacerlos fijos, tal y como dictó el Tribunal Supremo en su último posicionamiento.
El siguiente problema surge en la ventaja competitiva que tendrán los interinos con la valoración que se va a hacer de la experiencia en estas oposiciones. Puntuará un 40%. "Desde un punto de vista objetivo, esto supone una clara desventaja para el resto de los ciudadanos". Y ello dará pie a un 'tsunami' de impugnaciones", apunta el abogado.
Finalmente, están las condiciones para recibir la indemnización. Para poder optar a dicha compensación (que en Función Pública todavía no tienen estimada, por la amplia casuística que puede haber), es necesario presentarse a las oposiciones y no superarlas.
Para Olmos esto no tiene sentido. "El TJUE no obliga a esto. Se lo han sacado de la manga".
Además, tanto Valero como Olmos coinciden en que el acuerdo entre Gobierno y sindicatos tiene "trampas" escondidas en el texto. Olmos destaca que los plazos que calculan, para poder acogerse a estas condiciones, tienen que ser "ininterrumpidos. Pero hay muchísimos interinos que tienen periodos interrumpidos de uno o dos años".
Además, las plazas laborales a estabilizar tienen que ser "de carácter estructural. Y esto es un concepto subjetivo".
A esto Valero suma otro 'detalle' de importancia: "Los cálculos para las indemnizaciones no son correctos", alerta. Solo se tienen en cuenta cantidades fijas tales como el salario base o determinados complementos.
En cambio, gran parte de la remuneración del personal sanitario, colectivo en el que la temporalidad supone un 40%, tiene que ver con las guardias y otros 'extras' que no serán tenidos en cuenta para la indemnización.
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