Las empresas no podrán despedir a trabajadores que disfruten de los permisos de la Ley de Familias de Belarra
El proyecto de ley ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y ahora le queda afrontar el trámite parlamentario, en el que puede sufrir cambios.
21 enero, 2023 02:18Mucho se ha hablado en los últimos meses del proyecto de ley de Familias que el Consejo de Ministros aprobó hace unas semanas. Sin embargo, hay detalles de esta legislación que en breve debería iniciar su camino parlamentario que siguen llamando la atención. Entre ellos que generará nuevas prohibiciones en el despido.
Así lo indica la propia legislación, que precisa que los nuevos permisos para el cuidado de familiares que habilita incluyen una cláusula por la que se prohíbe despedir a los trabajadores. Es decir, que salvo que se cometa alguna de las causas que habilitan el despido procedente, el despido será nulo.
Así, se genera una nueva causa de nulidad del despido. "Se regulan nuevos permisos y el despido vinculado a los mismos se considera nulo", explica Alberto Novoa, abogado laboralista y socio del despacho Ceca Magán.
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Entre los permisos protegidos está el parental. Se trata de una nueva modalidad diseñada para progenitores de menores que tiene una duración de ocho semanas, que podrán disfrutarse de manera continua o discontinua y a tiempo parcial o completo.
Está a disposición del padre y de la madre (independientemente de si es hombre o mujer) del menor y a su disposición hasta que cumpla 8 años. No está prevista ningún tipo de remuneración durante su disfrute.
Su aplicación será progresiva y así, en el año 2023, será de seis semanas, y de ocho semanas en 2024. También quedan protegidos los permisos de cinco días al año para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente y de cuatro días por fuerza mayor familiar, ambos retribuidos.
"Con esta nueva ley, estos permisos se incluyen como situaciones objetivas de protección", explica Novoa, determinando la nulidad de un posible despido (siempre y cuando no haya causas para la procedencia).
Permisos
Esta protección y la nulidad del despido ya están previstas en los permisos de maternidad y paternidad, así como en las reducciones de jornada por cuidado de menores y familiares. Pero esta orientación se reforzó, explica el jurista, con la Ley de Igualdad de trato y la no discriminación, cuando la prohibición del despido se amplió a causas de orientación o tendencia sexual, situación serológica, tendencia a padecer una enfermedad, etcétera.
"La Unión Europea lleva mucho tiempo persiguiendo los despidos acausales [despidos sin causa]", explica Fabián Valero, director general de Zeres Abogados y especialista en derecho laboral. "El objetivo es reducir el uso del despido improcedente en trabajadores que estén en determinadas circunstancias y se queden sin puesto de trabajo".
Con todo, Valero avisa de que este tipo de protección para el permiso parental (al que se puede recurrir hasta que el menor cumpla ocho años de edad) va a llevar a un "incremento de litigiosidad", dado que ahora habrá trabajadores que "buscarán blindarse". Y, ante despidos improcedentes, habrá quien quiera buscar su nulidad si tienen este permiso para rascar acuerdos más ventajosos.
El proyecto de ley de Familias incluye más novedades, además del permiso parental. Figura la extensión de la renta crianza de 100 euros al mes a madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no, y las que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal.
Por otro lado, los beneficios de las familias numerosas se amplían a otras como las monoparentales y monomarentales con dos hijos o más.