Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, durante un paseo electoral por el 9J , en Granada.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, durante un paseo electoral por el 9J , en Granada. Arsenio Zurita / Europa Press

Empleo Hoy

Díaz obligará a las empresas a formar a sus plantillas en derechos LGTBI, en especial al personal de recursos humanos

El Gobierno ha sacado a consulta pública el real decreto cuyo contenido se pactó, según la vicepresidenta, hace unos días con patronal y sindicatos. 

7 junio, 2024 02:20

Pese al retraso, Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, llevará en breve la Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI (más conocida como Ley Trans) a las empresas. Lo hará tras pactar el correspondiente desarrollo reglamentario con patronal y sindicatos. Será un real decreto el que desarrolla esta legislación y con el que se obligará a las compañías de más de 50 trabajadores a aplicar una serie de medidas y protocolos para avanzar en la "erradicación de la discriminación de las personas lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales (LGTBI)". 

Se trata, sobre todo, de iniciativas formativas. "Las empresas integrarán en sus planes de formación módulos específicos sobre los derechos de las personas LGTBI en el ámbito laboral, con especial incidencia en la igualdad de trato y oportunidades y en la no discriminación".

Esta formación "irá dirigida a toda la plantilla, incluyendo a los mandos intermedios, puestos directivos y personas trabajadoras con responsabilidad en la dirección de personal y recursos humanos".

Así lo indica el borrador de real decreto que el Ministerio de Trabajo ha puesto en consulta pública y al que ha accedido EL ESPAÑOL-Invertia. Esta actividad formativa será especialmente relevante para el personal de recursos humanos

De hecho, las empresas deberán velar por la "formación adecuada de las personas que participen en los procesos de selección". De esta manera, se busca "erradicar estereotipos en el acceso al empleo de las personas LGTBI". 

"Para ello es preciso establecer criterios claros y concretos para garantizar (sic) un adecuado proceso de selección y contratación que priorice la formación o idoneidad de la persona para el puesto de trabajo, independientemente de su orientación e identidad sexual o su expresión de género, con especial atención a las personas trans como colectivo especialmente vulnerable", precisa. 

El texto establece así una serie de condiciones mínimas que se tendrán que establecer en los convenios colectivos, previa negociación entre patronal y sindicatos. O entre empresa y trabajadores cuando corresponda. 

Entre las medidas que se tendrán que fomentar se encuentran también fórmulas para "garantizar la utilización de un lenguaje respetuoso con la diversidad".

Así mismo, "se promoverá la heterogeneidad de las plantillas para lograr entornos laborales diversos, inclusivos y seguros".

Protocolos

Además, "se integrarán, en su caso, en el régimen disciplinario que se regule en los convenios colectivos, infracciones y sanciones por comportamientos que atenten contra la libertad sexual, la orientación e identidad sexual y la expresión de género de las personas trabajadoras". 

Por todo esto, "se garantizará la protección contra comportamientos LGTBIfóbicos, especialmente, a través de los protocolos frente al acoso y la violencia en el trabajo".

De hecho, el anexo II del real decreto incluye un esbozo mínimo para estos protocolos, con principios rectores y garantías de procedimiento (como protección contra las represalias) y procedimientos de actuación. Con todo, también se negociarán entre empresa y trabajadores. 

Es decir, que pese a los mínimos mencionados, la adopción de estas medidas y su adaptación a empresas y sectores depende principalmente de la negociación entre patronal y sindicatos, puesto que se tienen que incluir dentro de los correspondientes convenios colectivos.

Plazos

Dicho esto, el diálogo no se podrá dilatar de manera indefinida puesto que el borrador prevé plazos para ello

Desde la entrada en vigor del real decreto y en los tres meses posteriores, las empresas con más de 50 trabajadores deberán constituir una comisión negociadora para la adopción de este reglamento contra la discriminación del colectivo LGTBI. 

Una vez iniciada la actividad de esta comisión negociadora, se tendrá que alcanzar un acuerdo en los tres meses siguientes. Si no es así, las medidas del real decreto se tendrán que aplicar igualmente sin hacer el ejercicio de adaptación previo.