Pedro Sánchez y Pepe Álvarez.

Pedro Sánchez y Pepe Álvarez. Eduardo Parra Europa Press

Empleo Hoy

El Gobierno emula a la CEOE y justifica la limitación de la indemnización por despido por seguridad jurídica

Ese fue uno de los argumentos con los que el Ejecutivo trató de desbaratar la denuncia de UGT ante el Comité Europeo de Derechos Sociales.

29 julio, 2024 10:13

El Gobierno ha salido en defensa de la reforma laboral del PP de 2012 y la limitación de la indemnización por despido improcedente, argumentando que proporciona seguridad jurídica tanto a empresas como a trabajadores. Esta postura, similar a la defendida por la CEOE, fue presentada ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) en respuesta a una denuncia interpuesta por el sindicato UGT.

La organización liderada por Pepe Álvarez denunció que la reforma laboral, al reducir la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado, vulnera la Carta Social Europea, un tratado internacional ratificado por España. Según UGT, esto debilita la protección de los trabajadores frente a despidos arbitrarios y fomenta la precariedad laboral.

Sin embargo, durante el proceso de denuncia, el Ejecutivo refutó dichos argumentos. "El Gobierno considera que el sistema español presenta varias ventajas en términos de certidumbre y seguridad de los contratos (…). El sistema ofrece certeza y seguridad para todas las partes involucradas en la relación laboral", reza la resolución del CEDS publicada este lunes.

De hecho, el Gobierno entiende que "si se tuvieran en cuenta factores subjetivos a la hora de determinar la cuantía de la indemnización, el despido se encarecería y, sin duda, afectaría a las decisiones de contratación de los empresarios". Es el mismo argumento que defiende la patronal y que choca no solo con el de los sindicatos, sino con el del propio Ministerio de Trabajo.

Asimismo, el Ejecutivo defendió que la última reforma laboral ha conseguido dar más estabilidad al empleo y que las recientes subidas del salario mínimo interprofesional (SMI) sirven para incrementar la indemnización en caso de despido.

En cualquier caso, el Comité Europeo de Derechos Sociales —institución que no forma parte de la UE— ha rechazado todas estas alegaciones.

El CEDS considera que, "si bien el Gobierno afirma que uno de los objetivos del sistema de establecimiento de límites máximos de remuneración era proporcionar una mayor seguridad jurídica a ambas partes del contrato de trabajo, no puede excluirse que la indemnización predeterminada pueda servir más bien como un incentivo para que el empleador despida a los trabajadores de manera injusta".

Y, de hecho, va más allá al señalar que, en ciertos casos, "los límites máximos de indemnización podrían inducir a los empleadores a realizar una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios. En algunas situaciones, esto podría fomentar despidos improcedentes".

Es decir, que los límites permiten a los empresarios calcular cuál va a ser el coste del despido y llevarlo a cabo si lo consideran rentable. Para el CEDS, eso vulnera el artículo 24.b de la Carta Social Europea, de ahí que haya emitido una resolución contraria a la postura del Gobierno.