Fotomontaje de una discusión laboral.

Fotomontaje de una discusión laboral. Pixabay

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"Las mujeres, a fregar": la Justicia avala el despido de un jefe de una filial de Stellantis por faltas de respeto

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"Las mujeres, a fregar". "Putilla". "Hay demasiadas mujeres en este departamento". "Chocho lavado, chocho estrenado". "Zorra". "Las mujeres, con la plancha". "Contigo tengo que tener cuidado, porque con las mujeres hay que tener cuidado". "¡Cómo sois las divorciadas!". "Yo no vengo aquí a follar". "Un tío prefiere sacar este coche que pasar un domingo con su mujer".

Las anteriores son algunas de las expresiones que, entre 2017 y 2022, un empleado de la filial de retail de Stellantis pronunció delante de algunos de sus compañeros de trabajo y motivaron que la compañía acordara su despido disciplinario, sin derecho a indemnización.

Ahora, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) avala a la multinacional. Previamente, en mayo de 2023, ya lo había hecho el Juzgado de lo Social número 1 de Almería, que ratificó este despido como procedente.

No obstante, el empleado identificado en la resolución como un "jefe de ventas" que cobraba 5.349,52 euros al mes recurrió dicha decisión. Sin embargo, no ha tenido éxito y el TSJA da la razón a Stellantis, multinacional dedicada a la venta de coches y la explotación de concesionarios.

La dirección de Stellantis & You España SA comunicó el despido al trabajador el 23 de noviembre de 2022 a través de una carta. Los hechos que lo motivaron fueron calificados como "una infracción de acoso sexual y acoso por razón de sexo", "acoso moral" y "faltas de respeto y consideración a los trabajadores en el centro de trabajo".

Para llegar a tal conclusión, la empresa había abierto un expediente sancionador, como marca el protocolo antiacoso, tras recibir la denuncia por escrito de dos trabajadoras, subordinadas del jefe de ventas, en la que se quejaban de sus comentarios misóginos.

Según la sentencia del TSJA, no existen pruebas de que la cúpula de la empresa anteriormente registrada como Plataforma Comercial de Retail SAU conociese estos hechos "con anterioridad a la presentación de la comunicación remitida por dos trabajadoras de la misma". Es decir, Stellantis & You SA lo desconocía hasta el 24 de octubre de 2022. Un mes después, acuerda el despido.

"Se desprende, sin embargo, de las actuaciones que dichas conductas fueron silenciadas por los trabajadores que sufrían las mismas, lo que es comprensible si tenemos en cuenta el carácter de superior de la mayor parte de ellos", expone la resolución, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia.

En su recurso, el directivo, entre otros motivos, alegó que no insultó a una trabajadora llamándola "zorra", sino que dijo la palabra gorra. También se desvinculó de otra de las expresiones que se le atribuía —"¿Eres rubia o no te enteras?"—, ya que, aseguró, su interlocutora era morena. Sobre otras manifestaciones, aseguró que, de ser ciertas, ya estarían prescritas.

Por todo ello, el TSJ andaluz no duda de que estos comentarios "obedecieron a una idea común de ejercicio de las facultades directivas basado en el desprecio y humillación de sus subordinados, que habrían de soportar las expresiones despectivas proferidas en razón de su subordinación jerárquica en la empresa al trabajador ahora sancionado".

"Ello tuvo especial incidencia en el caso de las mujeres trabajadoras, que recibieron con especial cantidad e intensidad, comentarios despectivos, sarcásticos o groseros, siempre en relación con su condición de mujeres", añade.

Sufrir una situación como ésta "no pudo sino producir un evidente perjuicio en la situación psicológica de los trabajadores en el desempeño de su actividad ordinaria, además de un enrarecimiento generalizado de la atmósfera laboral, al verse sometidos de manera continuada a la arbitrariedad y desprecio manifiesto de su voluntad que se mostraba hacia los mismos".

La sentencia también descarta que se tratase de un inocente desliz por parte del directivo en perjuicio de sus subordinadas. Expresiones como las ya reproducidas "venían a incidir en su género de una manera u otra, transformando lo que podría ser considerado en ocasiones como una broma desgraciada en una conducta continuada y molesta para las personas que venían a recibirlas, apareciendo en otros casos expresiones directamente groseras y descarnadas".

"Estas trabajadoras se vieron molestadas en el ejercicio de sus funciones por quien ostentaba un poder de dirección sobre ellas, prevaliéndose de su situación de autoridad", concluyen los magistrados de la Sala de lo Social del TSJA.