Hacienda se corrige y permite a los autónomos aplazar el pago del IVA y el IRPF
La Agencia Tributaria autoriza el aplazamiento de sus deudas fiscales. En el caso del IVA, para deudas de hasta 30.000 euros no tendrán que justificar que no han cobrado.
13 enero, 2017 16:54Noticias relacionadas
Los autónomos llevaban más de un mes esperando este día, en el que el Ministerio de Hacienda definitivamente modificara el Decreto Ley 3/2016 por el que se adoptaron medidas para la consolidación de las finanzas públicas. Con esta normativa, el Ministerio prohibió el aplazamiento de las deudas tributarias también a las pymes y los autónomos, una medida que fue duramente criticada por los afectados.
Finalmente hoy ha publicado la Agencia Tributaria la instrucción que modifica esta normativa, de modo que permite a los autónomos aplazar o fraccionar el pago de determinadas deudas tributarias derivadas del IRPF y el IVA. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, prometió que corregiría su reforma del Impuesto de Sociedades en la Comisión de Hacienda este mismo jueves y hoy ha cumplido con los autónomos, todavía falta la nueva normativa para las pymes.
Los autónomos podrán aplazar las cuotas del pago fraccionado del IRPF (no tributan por Sociedades) y del IVA, en este caso, para cuantías superiores a 30.000 euros, tendrán que justificar que todavía no han cobrado los impuestos repercutidos.
Si las deudas no superan los 30.000 euros, los autónomos podrán solicitar un aplazamiento por un máximo de 12 meses sin necesidad de aportar garantías y se gestionarán por proceso automatizado. Lo que pretende el Ministerio es que abonen mes a mes una parte del total hasta que quede liquidado al final del periodo.
En el caso de las deudas superiores a estos 30.000 euros, los aplazamientos se concederán sólo si se aporta una garantía y podrá prolongarse durante un máximo de 36 meses. En este caso se tramitarán por procedimiento ordinario, pero no automatizado.