Preferentes, cláusulas suelo… captar a los consumidores perjudicados por prácticas irregulares ha sido una fuente de ingresos para los despachos de abogados. Una situación que podría tener su punto y seguido con la plusvalía municipal tras la sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de octubre y la posterior modificación en Consejo de Ministros mediante Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre.
Una nueva ola de pleitos que, usando un término popular, está a la vuelta de la esquina. La razón principal que van a argumentar es que se trata de una medida inconstitucional. Así lo han denunciado, entre otros, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) o el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Y así lo han confirmado a EL ESPAÑOL-Invertia diferentes despachos de abogados.
“A partir de la noticia del Tribunal Constitucional se han producido cientos de llamadas preguntando sobre el tema”, afirma Valentín Rodríguez, socio del despacho Rodríguez Hermosilla. En reclamador.es han puesto cifras a esas llamadas: “Las consultas se han incrementado un 300%”. Mientras que en Arriaga Asociados, indican que “ha habido un repunte importante de citas. Desde que salió la sentencia hemos dado casi 500 a clientes interesados en la plusvalía”.
Preguntas
Varias son las preguntas que suelen realizar los consumidores respecto al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVITNU), popularmente conocido como plusvalía municipal, a los despachos de abogados.
“Las consultas son tanto de aquellos que ya habían iniciado una reclamación en su momento para saber si esta sentencia puede generar cambios en su caso, como de clientes que nunca reclamaron la plusvalía municipal”, indican desde reclamador.es. Estos últimos lo que se plantean es qué pueden hacer ahora tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional.
En el caso de Arriaga Asociados, las citas que suelen dar suelen tener como protagonistas a estos últimos. “Nos entran más llamadas de clientes nuevos que de clientes que, en su día, iniciaron con nosotros la reclamación de la plusvalía”, matizan.
Lo que los abogados consultados por este diario indican es que va a ser complicado que se pueda recuperar lo anterior a la sentencia del Tribunal Constitucional. “Supondría un agujero para las arcas públicas”, señala Valentín Rodríguez. Y deja claro que aquellas personas que han vendido, donado, o heredado un inmueble entre el periodo de tiempo que va desde la sentencia del TC hasta el real decreto-ley “no tienen que pagar la plusvalía”.
Opciones de defensa
La pregunta que surge es cuál va a ser la estrategia que van a seguir los despachos de abogados. “Queremos ser muy cautos pues la situación genera muchas incertidumbres y opciones de defensa”, apuntan desde reclamador.es. Y añaden: “Estamos estudiándolas para poder definir cuáles pueden ser las óptimas para nuestros clientes”.
Desde Arriaga Asociados hacen mención de que la sentencia del pasado 26 de octubre del TC, y el nuevo Real Decreto-ley por el que se adapta el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales a esta sentencia “han dejado abiertos varios debates”. Y es que esta sentencia aún no ha sido publicada en el BOE.
“Si algo hemos aprendido durante estos cuatro años, desde la sentencia del 11 de mayo de 2017, es que no reclamando es donde los contribuyentes pierden toda oportunidad de recuperar lo abonado en concepto de plusvalía”, sostienen desde Arriaga Asociados. Y añaden: “Las interpretaciones de los órganos municipales y de los juzgados contencioso-administrativos son dispares. Así será en este caso también”.
En un webinar organizado por el colectivo API, y haciendo referencia a procedimientos ya concluidos por sentencia judicial firme, Gorka Alonso-Cuevillas, responsable del departamento Tributario de Alonso-Cuevillas Advocats i Economistes fue claro: "No son susceptibles de recurso en virtud del principio de seguridad jurídica según la sentencia".
Pero, en el caso de situaciones pendientes de ser resueltas, afirma que "el órgano administrativo o judicial que tenga que resolver lo tiene que hacer aplicando la sentencia de 26/10/2021". Es decir, y según Alonso-Cuevillas, "se supone que en todos los procedimientos se dará la razón al contribuyente sin entrar a valorar el fondo del asunto".
En lo que respecta a las liquidaciones recientes y autoliquidaciones de los últimos cuatro años, apunta: "Aunque esta interpretación de la ley contraviene la propia Ley General Tributaria y la jurisprudencia del propio Tribunal Constitucional, los contribuyentes tienen derecho a rectificar su autoliquidación realizada en los últimos cuatro años".
Llega tarde
Según la Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local (ANIHPL), “la nueva plusvalía podría suponer un riesgo para los contribuyentes por las incertidumbres generadas con la sentencia del TC y la regulación legal del impuesto aprobada mediante Real Decreto-ley”.
Los inspectores de la Hacienda local consideran que la reforma legal de la plusvalía llega cuatro años tarde. “Las prisas de última hora han llevado a una regulación que dará lugar a una oleada de recursos de inconstitucionalidad”, indican. Y vaticinan lo que han venido a denominar como “nuevos conflictos que deberán ir resolviendo los tribunales de justicia con la consecuente inestabilidad que tanto perjuicio causa a ciudadanos y entidades locales”.
La nueva normativa creada por Hacienda apunta a dos métodos de cálculo para la base imponible de la plusvalía municipal. El contribuyente podrá elegir aquel que más le convenga. El primero se calcula usando el valor catastral del suelo en el momento del traspaso aunque con nuevos coeficientes. Estos van desde 0,14 para las plusvalías generadas en menos de un año, hasta 0,45 para aquellas de 20 años o más. El segundo método gira sobre la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta.
Las plusvalías municipales suponen la segunda mayor fuente de ingresos para los ayuntamientos. Sólo le supera el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Según Gestha, son unos 170 millones de euros al mes en 2021.