El Congreso rebaja el impuesto a las empresas energéticas y se aplicará solo al negocio regulado y en España
Pese a ello, también se ha acepto que se plantee mantener tanto esta tasa como la de la banca tras sus dos años de validez.
17 noviembre, 2022 17:36La Comisión de Asuntos Económicos del Congreso ha aprobado dos enmiendas transaccionales del PNV y PDeCAT para que, en el marco del impuesto energético, se excluya del importe neto de la cifra de negocio el correspondiente a las actividades reguladas y que el impuesto se aplique solo a la actividad que las empresas desarrollen en España.
Así lo indica Europa Press. De hecho, la comisión ha aprobado todas las enmiendas transaccionales presentadas a la proposición de ley, incluida la referida a que se estudie el mantenimiento en el tiempo de los impuestos a las energéticas y a la banca.
En caso del cambio transaccional propuesto por PNV y PDeCAT, tras el acuerdo en el Congreso el impuesto no afectará a las empresas en las que el suministro sea a precio reglado (PVPC de electricidad, TUR de gas, GLP envasado y GLP por canalización).
Transporte y distribución
También se incluyen en la exoneración los ingresos regulados de las redes de transporte y distribución de electricidad y gas natural y, en el caso de generación con retribución regulada y retribución adicional en los territorios no peninsulares, todos lo ingresos de las instalaciones, incluidos los que perciben del mercado y el despacho económico, respectivamente.
La comisión también ha sacado adelante una enmienda del PNV para que se excluya de la facturación los ingresos correspondientes al impuesto sobre hidrocarburos, el impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo y los gravámenes complementarios a carburantes y combustibles petrolíferos de Ceuta y Melilla, que se hayan pagado o soportado vía repercusión.
Los nacionalistas vascos entienden que el gravamen no aplica sobre impuestos indirectos que recaen sobre el consumo, porque no son indicador de beneficio alguno en la empresa que vende el producto o presta el servicio.
Por otro lado, como se esperaba, se han aprobado las enmiendas de PSOE y Unidas Podemos para que se considere operadores principales en los sectores energéticos a las empresas que se dediquen a actividades de petróleo, gas natural o minería de carbón, entre otras, y que generen al menos el 75% de su volumen de negocio en torno a la extracción, minería o refinado de petróleo.
Por otro lado, entre las enmiendas votadas de PSOE y Podemos no se ha incluido la propuesta para extender el gravamen a entidades financieras a aquellos bancos extranjeros que tienen sucursal en España. Pero la medida, en sí misma, sí que se aplicará
El informe salido de la ponencia incluye en la exposición de motivos que se aplicará a los bancos de otros países presentes en territorio nacional, pero la enmienda no se incluyó ni en la fase de ponencia ni ahora en la comisión, con lo que todo indica que quedará pendiente para el Pleno.
En el texto final, que se votará en Pleno la próxima semana, sí está ya la enmienda por la que se crea el impuesto a las grandes fortunas, que gravará a aquellos patrimonios superiores a tres millones de euros para que no puedan quedar eximidos por las bonificaciones de los gobiernos regionales.
Este gravamen será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.