La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Rocío Ruz / Europa Press.

Macroeconomía

Batalla legal por el Impuesto de Patrimonio: miles de recursos siembran de dudas su futuro, a la espera del Constitucional

Los asesores legales están recomendando a los contribuyentes que recurran el pago del impuesto.

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Pocos impuestos generan tanta polémica como el de Patrimonio. Cedido a las autonomías y pensado para hacer tributar a las rentas más altas, hay mucha controversia a su alrededor, y no sólo política. A la espera de que el Tribunal Constitucional decida su validez o no, miles de recursos se agolpan en la justicia económico-administrativa.

Así lo indican fuentes del ámbito legal, que indican que estas reclamaciones tienen su origen en los propios contribuyentes que pagan este impuesto. Haber interpuesto el correspondiente recurso les permitiría, en un futuro, recuperar lo abonado si en algún momento la justicia considera ilegal el Impuesto del Patrimonio. O, más bien, si considera ilegal cómo se ha ido prorrogando la supervivencia de este tributo.

Recapitulemos. El impuesto sobre el Patrimonio se fundó en la década de los 70, pero es en la década de los 2000 cuando comienzan sus vaivenes. José Luis Rodríguez Zapatero dicta la suspensión de este tributo en 2008, anulando con una ley el gravamen pero no suprimiendo esta figura tributaria.

Sin embargo, los azarosos años de la crisis financiera llevaron al PSOE a retomar esta figura tributaria en 2011, reactivando el gravamen hasta 2013 con un real decreto-ley.

El Gobierno de Mariano Rajoy tampoco quiso perder los ingresos generados por el impuesto. Mediante una ley, aprobada en 2013, reintroduce el impuesto de forma plena para derogarlo en 2014.

Pero estas derogaciones se fueron posponiendo progresivamente con las leyes de Presupuestos correspondientes, tal y como explica Ángel Sáez, economista y socio director del despacho Ros Petit. "Pero, ¿la Ley de Presupuestos permite hacer eso?, se preguntaba esta semana, en un acto del Consejo de Economistas. "Según la Constitución, no se pueden crear impuestos ni modificarlos si no hay una ley sustantiva que lo prevea".

Esto se puede hacer con una ley ordinaria o con un real decreto ley, "pero no con la ley de Presupuestos", que es la que se ha empleado para ampliar un año tras otro el gravamen.

Permanente

En resumen: "Desde el 1 de enero de 2014 se suprimió el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, y ninguna ley ordinaria ha restablecido dicho gravamen. Las sucesivas leyes de Presupuestos y reales decretos-ley se han limitado, exclusivamente, a ir retrasando la derogación temporal del impuesto, y la última Ley de Presupuestos para 2021 lo ha convertido en permanente".

Para Sáez esto provoca que, durante este periodo, la aplicación del Impuesto sobre el Patrimonio no haya sido válida. "No muere lo que no nace, este es el principio", indica. "El impuesto murió en 2014 y posteriormente no se ha reintroducido con los reales decretos" o las leyes de Presupuestos. "Han ido posponiendo algo que estaba muerto".

Cabe recordar que el Impuesto sobre el Patrimonio está recurrido en Constitucional por la patronal Foment de Treball y el Partido Popular, y entre las causas del recurso está la extralimitación de la Ley de Presupuestos.

De ahí que el consejo que están dando los asesores fiscales a sus clientes sea que recurran cada abono que se les obliga a hacer de este impuesto, algo que ratifica Rafael Granados, abogado fiscalista y director del área tributaria de Ceca Magán.

De hecho, hay "miles de recursos" ya. "Lo estamos recomendando. Hay más contribuyentes de lo que parece que pueden quedar afectados", si el Constitucional anula el tributo desde 2014. "Técnicamente", supone "una incorrección muy grande".

Los recursos son necesarios para que los contribuyentes afectados puedan reclamar la devolución del impuesto si la Justicia decide anular Patrimonio, algo parecido a lo que ya ocurrió cuando el Constitucional tumbó la subida del Impuesto de Sociedades de Cristóbal Montoro.

¿Qué administración tendría que compensar a los contribuyentes afectados? Según Granados, las comunidades autónomas, que son las que han recaudado el tributo.

Sin embargo, Sáez teoriza que es posible que la situación podría ser compleja tras la puesta en marcha del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas en 2023.

Está figura, cuyos ingresos se queda el Estado, es complementaria al Impuesto sobre el Patrimonio, que ingresan las comunidades autónomas. Lo abonado por el Impuesto sobre el Patrimonio se descuenta de la cuota a pagar del Impuesto de Solidaridad de Grandes Fortunas.

Su creación estaba destinada a que autonomías como Madrid y Andalucía retiraran las bonificaciones del 100% que habían aprobado sobre Patrimonio. Y así lo han hecho. La única región que a día de hoy no aplica Patrimonio es Extremadura, renunciando a los ingresos que podría obtener por este impuesto y que se queda el Estado a través de Grandes Fortunas.

Esta situación es la que lleva a Sáez a plantear que las comunidades podrían alegar que el responsable patrimonial, para los años que corresponda, es el Estado.