Bruselas ha tomado por primera vez partido en el conflicto que enfrenta a la empresa estadounidense Uber con los gremios de taxistas en España. Y ha tratado de pronunciar un veredicto salomónico. En la vista oral celebrada este martes ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la Comisión ha defendido que el servicio entre particulares de Uber en España (Uberpop, suspendido desde hace dos años) es una mezcla entre plataforma digital y empresa de transporte.
El litigio enfrenta a Uber contra la Asociación Profesional Élite Taxi de Barcelona. Los taxistas reclaman que se prohíba de forma definitiva a Uber operar su servicio entre particulares por considerar que se trata de un caso de competencia desleal. Alegan que la empresa estadounidense carece de las licencias y autorizaciones necesarias y da los usuarios la "falsa imagen" de que actúa dentro de la ley. El caso está siendo tramitado por un juzgado de Barcelona, que ha preguntado al Tribunal de Luxemburgo. Tras la vista, el abogado general ha anunciado que publicará sus conclusiones preliminares sobre el caso el 6 de abril de 2017.
"En nuestra declaración ante el Tribunal, hemos dicho que los servicios de Uber en España no constituyen solamente un servicio de la sociedad de la información", ha explicado a EL ESPAÑOL la portavoz de Empresa del Ejecutivo comunitario, Lucía Caudet. No obstante, ha resaltado que la misión de la Comisión "no es tomar partido" sino "proporcionar asesoramiento jurídico al TJUE sobre cómo interpretar la legislación aplicable de la Unión".
En la práctica, el dictamen de Bruselas supone una victoria al menos parcial de los taxistas españoles frente a Uber. Durante el litigio, la empresa estadounidense ha alegado que su servicio es sólo de intermediación, es decir, poner en contacto la oferta y la demanda a través de un medio digital. Por ello, no necesitaba un permiso previo o licencia para operar como las empresas de transportes.
Modelo de negocio mixto
Pero la Comisión ha sentenciado que su modelo de negocio es cuanto menos mixto. Tiene elementos de plataforma digital, pero también de empresa de transporte. Para llegar a esta conclusión ha evaluado cuestiones como el control que ejerce Uber sobre los precios y las condiciones que deben cumplir los conductores.
La consecuencia de este dictamen es que la empresa estadounidense debe estar sujeta a una regulación más estricta que la que se le aplicaría si fuera únicamente un servicio digital. Lo mismo puede ocurrir con el resto de empresas de la denominada economía colaborativa si el Tribunal de Justicia valida las tesis de Bruselas. El de los taxistas de Barcelona es el primer caso que examina el TJUE sobre Uber y sobre la economía colaborativa en general.
Uber reitera su posición: somos una plataforma
Por su parte, la compañía estadounidense ha defendido ante el juez que se trata exclusivamente de un proveedor de servicios de la Sociedad de la Información bajo la legislación europea. "Uber ofrece un servicio electrónico disponible a través de teléfonos que conectan dos grupos distintos e independientes de usuarios, para facilitar una serie de servicios", ha explicado en su intervención su letrado.
Para la compañía, su servicio cumple con todos los criterios legales europeos para denominarlo así: es "a distancia; por medios electrónicos; tras una petición individual, y por una remuneración", mientras los conductores pagan por utilizarlo. En su defensa ha insistido en que algunos estados miembros han reconocido esa calificación en el pasado.
En su defensa, insiste en un ejemplo planteado en la guía presentada por la Comisión hace unos meses para regular esta 'economía colaborativa' en los distintos países. Se trata de la actividad de las reservas de vuelos online: "Los servicios de las plataformas no pueden ser considerados como aerolíneas". También hace mención a las tres resoluciones judiciales en Barcelona ante sanciones impuestas por la Generalitat de Cataluña.
La visión de los taxistas
La denunciante, la organización Élite Taxi, ha utilizado todos los argumentos para tratar de defender que Uber ejerce como una empresa de transporte. Su portavoz, Patxi Sesma, cree que el pronunciamiento de la Comisión es positivo y puede ser importante para el resto de Europa. Recuerda que varios países miembro de la UE, como Francia o Irlanda, se han mostrado a favor en esta particular 'batalla', mientras que el resto han apoyado la tesis de Bruselas. El único país que se ha mostrado en contra ha sido Estonia, que, según él, reclama la liberalización.
Durante la vista, la abogada de la organización ha exhibido, entre otras pruebas, el dictamen de la Inspección de Trabajo de Barcelona en el que interpretaba que los conductores de UberPop ejercían como trabajadores de la compañía. El objetivo: demostrar que la compañía estadounidense controlaba la prestación del servicio de transporte.
Desde Fedetaxi, organización que también estuvo presente en la vista oral del tribunal, se muestran también optimistas. Emilio Domínguez, secretario técnico del colectivo, creen que dictaminará que es una empresa de transportes.
La vista oral arrancó a las 9:30 horas de la mañana. En ella han intervenido no sólo las partes (Elite Taxi y Uber), sino también la Comisión Europea y los países miembros que se han unido a este caso. Tras esta vista, el abogado general del Tribunal de Justicia publicará su opinión el 6 de abril de 2017. La sentencia final no se espera al menos hasta verano del año que viene.
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