Pese a los esfuerzos realizados en los últimos años, como el Fondo de Pago a Proveedores de 2012, España sigue siendo uno de los países de la Unión Europea con una mayor morosidad pública con empresas y autónomos. Las administraciones españolas tardan de media 98 días en pagar sus facturas al sector privado, el doble que el promedio comunitario (45 días). Sólo Italia (131 días) y Grecia (115 días) superan los plazos españoles, según los últimos datos de Bruselas correspondientes a 2016.
Pero además, la Comisión cree que el Gobierno de Mariano Rajoy maquilla las estadísticas para rebajar artificialmente la tasa de impago público. Una preocupación que los funcionarios comunitarios han planteado al ministerio de Hacienda sin lograr resultados. Por ello, el Ejecutivo comunitario ha decidido dar un paso más y acaba de abrir un expediente a España por incumplir la directiva contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La norma europea, que data de 2011, obliga a los poderes públicos a abonar en un máximo de 30 días las facturas por los bienes y servicios adquiridos, un plazo que sólo puede prorrogarse a 60 días en casos excepcionales. En caso de pago fuera de tiempo, pymes y autónomos tienen automáticamente derecho a reclamar intereses de demora (superiores en al menos un 8% al tipo de referencia del Banco Central Europeo) y a un mínimo de 40 euros de compensación por cada factura impagada.
Esta directiva se incorporó a la legislación española mediante el Real Decreto 635/2014, que establece una metodología común que deben usar todas las autoridades públicas para calcular sus periodos medios de pago. Pero la norma española amplía sistemáticamente en otros 30 días el plazo de pago legal, un periodo extra que no está previsto en la directiva.
El resultado es que las cifras de morosidad en España se distorsionan de forma que favorecen al deudor, es decir, a las administraciones públicas, y dan lugar al incumplimiento de los periodos de pago máximos que fija la directiva. "Están prácticamente falsificando las estadísticas, porque parten de un plazo que no es el que marca la legislación europea", explican a EL ESPAÑOL fuentes comunitarias.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, acaba de recibir una carta de emplazamiento de Bruselas que le exige explicaciones por esta aplicación incorrecta de la directiva de morosidad. Es la primera fase del procedimiento de infracción y España tiene ahora dos meses para contestar. Si sus aclaraciones no convencen al Ejecutivo comunitario, el caso podría acabar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
"Estamos estudiando el expediente y por ahora no hay una posición adoptada", señalan a este periódico fuentes del ministerio de Hacienda.
El sector privado, mejor pagador
También el sector privado español es uno de los que registra una mayor tasa de morosidad de la UE. Aún así, paga sus facturas comerciales más rápido que las administraciones públicas, en concreto, en 69 días de media. Sólo las empresas italianas tardan más en abonar sus facturas a otras compañías (80 días), mientras que la media comunitaria está en 37 días. En las operaciones entre empresas, el plazo que marca la directiva es de sesenta días, salvo que se haya acordado expresamente otro distinto.
"La morosidad supone una carga importante para las empresas europeas y especialmente para las pequeñas. Poder contar con el pago puntual de sus contratantes permite a las compañías realizar su trabajo y cumplir sus compromisos con sus clientes y empleados", señala la comisaria de Industria y Empresa, Elzbieta Bienkowska.
Además de a España, la Comisión ha expedientado también a Italia, Grecia y Portugal por incumplir las normas de lucha contra la morosidad. A Bruselas le preocupan los efectos perniciosos del retraso en los pagos para las empresas, puesto que afecta a su liquidez y flujo de caja, lo que complica su gestión financiera y merma su crecimiento.
Las pymes, que no tienen la misma capacidad financiera que las grandes empresas, son más vulnerables a las consecuencias de la morosidad, especialmente en tiempos de crisis económica. El Ejecutivo comunitario denuncia que en algunos casos se vulneran aún más los derechos de las empresas al condicionar los pagos, por ejemplo, a la renuncia a reclamar intereses de demora o una compensación por gastos de cobro.
Sobre esta cuestión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha desmarcado de la Comisión y acaba de dar una tregua a Montoro. En un fallo de la semana pasada, el TJUE dictaminó que Hacienda no está obligada a pagar intereses de demora a las empresas que se acogieron al Plan de Pago a Proveedores, porque fueron las propias compañías las que renunciaron voluntariamente a esta compensación a cambio del pago inmediato de las facturas pendientes.
En total, el Plan de Pago a Proveedores permitió abonar más de 41.800 millones de euros en facturas atrasadas de las administraciones autonómicas y locales. Según la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, las empresas beneficiarias debían haber recibido además 3.000 millones en intereses de demora. Pero la justicia europea les ha denegado esta compensación.
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