El Tribunal Supremo ha admitido a trámite los recursos presentados por Kuwait Petroleum, Audax Energía, Petroeuropa y Orus en contra de la orden ministerial que desglosa por empresas energéticas la cuantía de la contribución obligatoria al Fondo Nacional de Eficiencia Energética para 2017.
En el caso de Kuwait Petroleum, filial de uno de los diez grupos petroleros más grandes del mundo (Kuwait Petroleum Corporation), la orden ministerial fija una aportación de casi 430.000 euros al fondo. El monto es similar para Petroeuropa, 481.000 euros. Por encima está la aportación de Audax Energía, comercializadora de luz y gas, que está obligada a poner 724.000 euros. Por último, en el caso de la comercializadora de gas natural Orus Energía, su cuota de este año es de casi 107.000 euros.
Esta decisión del Supremo llega una semana después de que hiciera lo propio con las demandas de Cepsa y Galp Energía España en contra de la misma norma. Estas empresas tienen fijada una obligación de aportación al fondo de eficiencia de más de 23,6 millones, en el caso de la primera, y de 10,6 millones en el de la segunda.
Las empresas energéticas aportarán este año más de 205 millones de euros al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, de los cuales la mayor parte corresponderá a Repsol, Endesa y Gas Natural Fenosa, las tres compañías que mayor volumen de energía venden en España.
En concreto, Repsol, a través de todas sus filiales, aportará más de 42 millones de euros al fondo, mientras que Endesa contribuirá con más de 29 millones de euros y Gas Natural Fenosa con casi 27 millones de euros, según la orden ministerial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en la que se fijan las obligaciones de aportación al fondo. Iberdrola, en tanto, deberá aportar casi 15 millones de euros.
La aportación obligatoria al fondo, creado en 2014, se establece, conforme a la metodología diseñada por Industria, en proporción al volumen de ventas de energía.
En el caso del sector eléctrico, se computa la energía vendida al consumidor final, mientras que en el de los operadores petrolíferos al por mayor se contabiliza la energía vendida a nivel nacional para su posterior distribución al por menor y a consumidores finales durante el año 2015.