Los minoritarios recurrirán mañana en Bruselas la resolución de Popular
La Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) interpondrá el recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE).
3 agosto, 2017 14:54Noticias relacionadas
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La Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) interpondrá este viernes, a través del despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) para impugnar la resolución del Banco Popular por la Junta Única de Resolución (JUR).
Con su recurso, Aemec pretende conseguir una "adecuada compensación económica por las acciones de Banco Popular, cuyo valor ascendía a 1,85 euros cada una en el momento de la resolución, según la asociación, que considera que los accionistas podrían haber percibido estos 1,85 euros por título en un proceso ordenado de liquidación, según la asociación.
Una medida "desproporcionada e injusta"
El valor que otorga la asociación de minoristas a las acciones de Popular se extrae de las últimas cuentas anuales auditadas disponibles de la entidad, que arrojaban un capital CET1 de 7.808 millones de euros.
Por ello, la acción legal de Aemec se dirigirá a demostrar que en una valoración en escenario de concurso (valoración patrimonial), el accionista hubiera recibido un "mejor tratamiento" que en la valoración realizada para un escenario de resolución por falta de liquidez, una medida que considera como "desproporcionada e injusta".
Derechos fundamentales de la Unión Europea
Aemec denuncia también que la situación patrimonial de Popular "en absoluto justificada" la resolución de la entidad, ni en términos de solvencia, ni de liquidez y asegura que la intervención de las autoridades fue fruto de una "falta evidente de vigilancia prudencial" por parte de los reguladores.
Adicionalmente, la asociación de minoristas cree que el régimen de resolución de entidades es "gravemente contrario" a los derechos fundamentales de la Unión Europea (UE) al no reconocer el pago de compensación a accionistas y acreedores ni conceder un trámite de audiencia.