Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado que la nueva empresa pública de Valladolid AquaVall, creada tras la remunicipalización del servicio, cobró de forma ilegal por los servicios de agua en 2017, lo que abre la vía a que los vallisoletanos impugnen la tasa de aguas del año pasado.

La compañía que ha ido a los tribunales para disputar los modos de la nueva empresa pública es Aguas de Valladolid, la filial de Agbar que perdió la concesión el 30 de junio del año pasado. Pero su sustituta no sólo no ha hecho bien las cosas, sino que ha seguido haciéndolas mal. Hasta el punto de que cualquier vecino que reciba una tasa de 2018 podría impugnarla.

Así, queda claro que las tasas que cobra la empresa municipal no se ajustan a la ley y que, en su lugar, deberían aplicarse tarifas convencionales. Desde Aguas de Valladolid niegan que sean ciertas las declaraciones de la concejala de Medio Ambiente del Ayuntamiento en las que se quita peso a la ilegalidad cometida y en las que se afirma que ya se ha vuelto a la normalidad. Muy al contrario, aseguran que en 2018 se sigue cobrando mal a los clientes.

La sentencia del TSJ, fechada el 14 de junio, ha anulado la ordenanza fiscal reguladora del ciclo integral del agua que factura Aquavall, además de tener que pagar las costas del pleito. Considera que es contraria al ordenamiento al establecer irregularmente el devengo y el periodo impositivo, lo que provoca que la “inadmisible omisión/indefinición” de estas cuestiones provocaría el riesgo de que pudiesen ser modificadas en cualquier momento del año, cuestión que no podía suceder con la anterior ordenanza, vigente antes de la remunicipalización.

Sin corregir

Aunque el Ayuntamiento de Valladolid aprobó una nueva ordenanza fiscal para 2018, esta seguiría conteniendo las mismas irregularidades que se mencionan en la sentencia del TSJ.



Desde Aguas de Valladolid recuerdan que uno de los argumentos por los cuales el Consistorio fundamentó la municipalización, descartando con ellos otras fórmulas de colaboración público-privada, fue que el servicio únicamente se podría gestionar directamente sobre la premisa de que la tarifa del servicio debía ser una tasa, que únicamente podía ser recaudada por AquaVall. Pero dicha tasa ha quedado ahora anulada.

Con esta sentencia los abonados tendrán derecho a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas conforme a esta ordenanza anulada por el TSJ o posibles reclamaciones futuras en las siguientes liquidaciones o facturas de la tasa giradas por Aquavall. Está por ver cuántos lo harán y cómo repercutirá en las arcas municipales.

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