El colectivo recurría la sentencia de la Audiencia Nacional con fecha del 16 de mayo de 2016, en la que se daba el visto bueno a la resolución de la comisión rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) por la que se acordó la venta de Banco de Valencia a CaixaBank por un euro.
Según se recoge en la sentencia, el tribunal ha concluido que, basándose en la complejidad y urgencia de la reestructuración de dicha entidad bancaria, "se cumplieron las garantías esenciales del procedimiento" en lo que se refiere a la valoración de la misma y la adopción de las medidas de ejecución necesarias por los organismos competentes en base a datos económicos y de impacto elaborados previamente por un grupo de expertos independientes.
De esta forma, la sentencia rechaza que la venta de Banco de Valencia se produjera antes de la aprobación de los informes de valoración por la comisión del Frob, como sostienen los recurrentes. La ley referida a la reestructuración y resolución de entidades de crédito exige que el banco en cuestión sea valorado económicamente con sus correspondientes activos y pasivos.
En suma, tal y como consta en los antecedentes de la resolución administrativa y de la sentencia, la situación financiera deficitaria de Banco de Valencia había sido valorada económicamente mediante informes previos emitidos por tres expertos independientes designados por el Frob, obteniendo un valor negativo de dicha entidad.
"La venta de acciones se produjo el mismo día de la aprobación del plan de resolución, de modo que en el momento de la aprobación del mismo existían informes previos valorando a dicha entidad emitidos por expertos independientes", señala el documento.
La institución judicial apunta también que no debe olvidarse que existía un límite de tiempo para la recapitalización y reestructuración de los diferentes grupos de bancos controlados por el Frob, ya que la aportación de capital público solo podía ser aprobada una vez los planes de reestructuración individual hubiesen sido autorizados por la comisión y tales planes tenían que ser presentados en una fecha que permitiese aprobarlos a finales de noviembre de 2012.
De igual forma, la sala rechaza el incumplimiento del artículo que exige la previa aprobación por los ministros de Hacienda y Economía de una memoria económica anterior a la decisión de la adopción de los instrumentos de apoyo financiero. Sobre esta cuestión, asegura que dicho texto fue aprobado el 19 de diciembre de 2012 antes de que se adoptasen las medidas previstas en el plan.
El Frob adjudicó Banco de Valencia a CaixaBank por un euro a finales de 2012, tras un desembolso por parte del organismo dependiente del Banco de España de 4.500 millones de euros en un aumento de capital. Los accionistas tuvieron que soportar las pérdidas, entre otras, por los saneamientos al riesgo inmobiliario exigidos en la normativa de resolución.
La operación contó con un protocolo de medidas de apoyo financiero que se instrumentó en un esquema de protección de activos mediante el cual el Frob asumió, durante un plazo de 10 años, el 72,5% de las pérdidas que experimentasen las cartera de pymes/autónomos y de riesgos contigentes (avales) de Banco de Valencia, una vez aplicadas las provisiones ya existentes en dichos activos.
La compraventa se ejecutó con posterioridad a la transmisión de activos de Banco de Valencia al 'banco malo' (Sareb) y al ejercicio de acciones de gestión de instrumentos híbridos y deuda subordinada emitidos por la entidad valenciana.
Con anterioridad, en noviembre de 2011, el Banco de España decidió intervenir Banco de Valencia ante su delicada situación financiera y su posición de liquidez. De hecho, el supervisor destinó un total de 3.000 millones de dinero público, repartido entre 1.000 millones para fortalecer su capital y otros 2.000 millones facilitados a través de una línea de crédito para asegurar su liquidez.