El sector digital está reaccionando en bloque contra el proyecto de Impuesto a los Servicios Digitales -conocido popularmente como tasa Google- que pretende gravar con un 3% algunos ingresos del sector. Como ya adelantó EL ESPAÑOL, la Asociación Nacional para la Digitalización (DigitalES) ha presentado sus alegaciones ante el Gobierno y Telefónica, Vodafone y Orange, las tres principales telecos, también han respondido dentro del plazo de consulta pública impuesto por el Ejecutivo.
En el caso de DigitalES, las alegaciones que hemos conocido en detalle este lunes, denuncian la "arbitrariedad" del texto del anteproyecto de ley del nuevo impuesto digital, que presenta articulados que difieren de la primera redacción del proyecto de directiva europea y contienen "graves lagunas" y "zonas grises" abiertas a interpretación posterior, sin aclarar los servicios que serán gravados.
El anteproyecto indica que 100 de los 1.200 millones que el impuesto quiere recaudar, deben ser pagados por las "empresas de telefonía", una cifra considerada desproporcionada desde las telecos. Este diario también ha confirmado que Telefónica y Vodafone -que están representadas en DigitalES- también han presentado sus alegaciones por separado, ya que consideran que es importante que el Gobierno conozca su visión particular del asunto.
Las 'telecos' rechazan la doble tributación
Como ya informó este diario Vodafone ha puesto énfasis en la gran cantidad de impuestos que ya paga el sector en España, mientras que Telefónica ha advertido -al igual que DigitalES, del peligro de la doble tributación que puede generar este proyecto.
La patronal DigitalES -que también representa a Cellnex, Huawei, Siemens, HP, MásMóvil y Orange, entre otros- apoya que las empresas tributen donde generan ingresos pero rechaza que se grave "doblemente" a las empresas que "ya están tributando por sus ingresos en España", denuncia que algunos articulados del anterproyecto contienen "graves lagunas" y "zonas grises" abiertas a interpretación posterior.
En primer lugar, señala que el anteproyecto no menciona ningún mecanismo de corrección de la doble imposición que va a suponer el impuesto a los servicios digitales para numerosas empresas asentadas en España, y que "se intenta vestir como impuesto indirecto un impuesto directo".
Se habla del impuesto de forma "poco concreta"
Además, indica que se ha discutido sobre permitir la deducibilidad del gasto que supone el 'impuesto digital' en el Impuesto de Sociedades, una solución que a su juicio "no eliminaría el incremento de coste operativo que supone un incremento en la imposición".
Al mismo tiempo, el texto publicado por la Dirección General de Tributos detalla algunas actividades gravadas por el nuevo impuesto de forma "poco concreta", entre las que se habla, por ejemplo, de "servicios de trasmisión de datos" y no de "la trasmisión de datos recopilados acerca de los usuarios" que es la definición recogida en la propuesta de directiva.
"La diferencia de matiz es notable y supone desconocer que la trasmisión de datos es una actividad central del negocio, por ejemplo, de las telecomunicaciones", apunta DigitalES, que considera que la norma actualmente en discusión deberá definir esta cuestión de manera que no expanda el hecho imponible a datos que no han sido generados por la actividad del usuario, aquellos que una entidad recaba de la relación comercial con el cliente y no de su comportamiento digital o de su actividad electrónica.
100 millones de euros de recaudación
Por tanto, cree que no queda del todo claro qué servicios específicos van a ser gravados, o cuáles se van a ver contaminados, por lo que advierte de que sectores como el de la automoción y su coche conectado también podrían verse afectados, penalizando así los negocios con un alto componente de innovación.
Igualmente, señala que la memoria económica hace referencia a una recaudación estimada donde especifican que las empresas "de telefonía" aportarían unos 100 millones de euros, resultantes de considerar que un 10% de sus operaciones puedan estar sujetas a este tributo.
"Resulta difícil adivinar la lógica para llegar a esta cifra que nada tiene que ver con el porcentaje de negocio de estas empresas, a no ser que dichas actividades resulten suficientemente difusas para estar sujetas a interpretación del órgano tributario y, por tanto, supongan más un elemento recaudatorio en empresas que ya están tributando por el conjunto de sus ingresos, que una medida para corregir la no tributación de otras entidades", denuncia DigitalES.
"No se puede castigar a empresas ya fiscalizadas"
Junto a esta "falta de definición" de los servicios afectados, la patronal destaca también una disposición final tercera que establece que los umbrales cuantitativos, los supuestos de no sujeción o el tipo impositivo "podrán ser modificados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado".
Para la patronal "no es de recibo que una ley de este calado pueda ser modificada anualmente según los intereses políticos o necesidades presupuestarias de cada momento", al suponer "una arbitrariedad que sepulta cualquier principio de seguridad jurídica, eficacia, proporcionalidad y transparencia, además de dejar en muy mal lugar la imagen de España en el exterior".
Desde la patronal defienden que hay que asegurar que la aplicación de un impuesto de estas características sirva para su objetivo inicial de corregir la ventaja de entidades no establecidas en los países donde generan sus ingresos, y no para "castigar a las empresas cuyo conjunto de ingresos ya están siendo fiscalizados".