Abengoa ha suscrito un contrato de bloqueo o 'lock-up' con un conjunto de entidades financieras e inversores que ostentan la mayoría del llamado 'New Money 2' --tramo 2 de la deuda "nueva" de la empresa andaluza tras el acuerdo de reestructuración alcanzado en 2017--, en el marco del proceso de reestructuración financiera, para lo que ha abierto un proceso de adhesión para el resto de sus acreedores financieros, según ha informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Los acreedores de este contrato acuerdan dejar en suspenso el ejercicio de determinados derechos y acciones bajo dichas financiaciones frente a las sociedades correspondientes del grupo Abengoa hasta el 31 de enero de 2019 o cualquier fecha 'long-stop' posterior acordada por las partes, adoptar las acciones necesarias para apoyar o implementar la propuesta de reestructuración financiera y entablar negociaciones para firmar un contrato de reestructuración antes de la fecha 'long-stop' y no vender o transmitir su deuda hasta esa fecha.
A estos efectos, la sociedad ha informado al resto de sus acreedores financieros del proceso de adhesión al contrato de bloqueo. Así, impugnantes, entidades avalistas y acreedores del 'New Money 2' y del 'Old Money' deberán enviar una carta de adhesión cumplimentada y firmada a Lucid Issuer Services Limited.
Por su parte, ha requerido su adhesión al contrato a los titulares de la emisión de bonos senior de Abengoa Abenewco 1 de 26,09 millones de euros a un tipo de interés del 5/9% y vencimiento en 2021, la emisión de bonos garantizados de Abengoa Abenewco 2 de 492,65 millones de euros y vencimiento 2022 o por importe de 424,04 millones de dólares y vencimiento en 2022 y la emisión de bonos garantizados de Abengoa Abenewco 2 por 495,26 millones de euros y vencimiento en 2023 o 249,43 millones de dólares y vencimiento en 2023.
El plazo límite para el envío de instrucciones por los bonistas a los efectos de adherirse al contrato de bloqueo finaliza el próximo 14 de enero de 2019, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda extenderse dicho plazo. Además, los bonistas deberán enviar una carta de adhesión no más tarde de cinco días hábiles después del plazo límite.