Mucho se ha hablado sobre el modelo de negocio de Glovo y su relación con los riders, llevando incluso este asunto a los tribunales. La empresa ha insistido desde el inicio en que entre ellos y los repartidores no hay una relación laboral y ahora la justicia ha vuelto a darle la razón. Un juzgado de Barcelona ha reconocido de nuevo la validez de este modelo de negocio al dictar que los repartidores de esta empresa son autónomos.
Se trata de la cuarta vez que la justicia española emite una resolución que valida el modelo económico de la compañía y su relación con los repartidores. Una resolución que complace enormemente a la empresa. "Ya son cuatro juzgadores diferentes que validan el modelo de negocio en España", afirma la Responsable Global del Departamento Jurídico. Marita Rancé.
"Los repartidores hacen el itinerario que quieren, utilizando el medio de transporte que quieran, cuyos gastos van a su cuenta, que no tienen asignada una zona determinada, que ellos eligen los días y franjas horarias en las que prestan sus servicios, que si quieren pueden rechazar un pedido, que si están unos días de vacaciones no lo comunican a la empresa, y que cobran por pedido hecho, aunque sea con las tarifas que establece la empresa”, detalla la sentencia.
Por lo tanto, estos repartidores "ostentan una capacidad de organización propia que excede el ámbito de una relación de carácter laboral, percibiendo una retribución variable según los servicios realizados", añade.
Esta sentencia viene a confirmar lo que en 2016 probó la Inspección de Trabajo, la cual validó el modelo de negocio de Glovo y que consideró que la relación entre la empresa y los riders "no es de carácter laboral".
Nueva regulación
A pesar de ello, desde Glovo insisten en que es necesario abrir una mesa de diálogo que permita crear una regulación adaptada a las nuevas formas de trabajo, dando cabida a la flexibilidad y permitiendo ofrecer más derechos y protección a los repartidores.