Las elecciones del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (Coitt) amenazan con convertirse en el cuento de nunca acabar. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso de alzada contra la resolución de la Mesa Electoral de este colegio que en noviembre de 2017 proclamó como única la candidatura de Mario Cortés (actual presidente) y desestimó y declaró incompleta la lista de Juan Manuel Martínez.
Esta sentencia que es recurrible, y por tanto no es firme, obliga a realizar nuevamente el proceso electoral admitiendo la candidatura de Martínez. La sentencia también obliga a pagar las costas a la parte demandada, en este caso el Colegio de Ingenieros Técnicos de Telecomunicación.
Estamos en la enésima vuelta de tuerca de estos comicios y ante la segunda vez en menos de tres años en que se obliga a repetir este proceso. Una lucha contaminada por una serie de resoluciones judiciales, acusaciones de fraude y “pucherazos”.
Elecciones de 2015
Para entender todo este conflicto debemos remontarnos a febrero de 2015 y las elecciones del Coitt que ganó José Javier Medina a Jorge de la Torre, quien representaba una candidatura renovadora con la gestión histórica de Medina. Medina ganó por apenas ocho votos de diferencia en medio de acusaciones de “irregularidades” en el proceso de voto electrónico y el escrutinio. Procedimiento que “no se realizó conforme a la legalidad”, según impugnó De la Torre.
En 2016, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró nulas estas elecciones y obligó a repetirlas. Después de una serie de batallas judiciales -el aún decano, José Javier Medina Muñoz, presentó un recurso de casación- en septiembre de 2017 el Colegio convocó oficialmente las nuevas elecciones y anuló las de 2015.
En estas nuevas elecciones, como recoge la sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, se dio por ganadora la lista de Mario Cortés -que cogía el testigo de Medina que actualmente es presidente de la Asociación de Graduados e Ingenieros Técnicos de Telecomunicación- ya que fue la única admitida al anularse la presentada por Juan Manuel Martínez, declarada incompleta por presentar en su lista a dos parados y un jubilado.
Funcionario público
A este respecto, la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid indica que en la normativa estatutaria del Cogitt “no hay reserva alguna para colegiados no ejercientes, tratándose de que quienes ostenten puestos de gobierno colegiales estén en contacto con la profesión, cual deriva también del artº 7.1 Ley estatal 2/74, de Colegios Profesionales, siendo así que dos candidatos de la lista excluida se hallaban en situación de ”demandante de empleo” y un tercero “jubilado".
De esta manera, “no cabe subsanación del requisito de estar en ejercicio de la profesión”, indica la sentencia tras rebatir la justificación de la Mesa Electoral para anular y desestimar la lista Martínez tras un recurso de la candidatura de Mario Cortés. No obstante, esta sentencia es recurrible, lo que podría paralizar la convocatoria de nuevas elecciones sine die.
No obstante, en el sector hay sorpresa respecto de la justificación de la Mesa Electoral de anular la candidatura indicando que en ella había dos parados y un jubilado. En especial considerando que el actual decano Mario Cortés -y quien presentó el recurso- ha sido concejal en el Ayuntamiento de Málaga y fue número tres al Congreso en la lista del PP por esta provincia. Un funcionario público que no tiene muy fácil explicar esta discriminación a dos colectivos vulnerables como los parados y los jubilados.