Los ministros de Asuntos Sociales de los 27 han aprobado este lunes una directiva que obliga a las empresas cotizadas a alcanzar de aquí a 2027 una cuota mínima del 40% para mujeres en su consejo de administración. La norma, que todavía debe ser ratificada por la Eurocámara, ha tardado 10 años en salir adelante debido a la oposición constante de Alemania, que finalmente ha levantado su veto.
En el debate celebrado este lunes, Suecia y Polonia han votado en contra. Por su parte, Hungría, Eslovaquia y Estonia se han abstenido. El principal argumento de estos países es que esta cuestión debe regularse a nivel nacional y no de la UE. El nuevo Gobierno de 'coalición semáforo' de Olaf Scholz ha apoyado la iniciativa. Alemania ya aprobó su propia ley de cuota femenina en enero de 2021.
"Esta directiva permitirá luchar contra el techo de cristal al que todavía se enfrentan las mujeres con demasiada frecuencia en el mundo laboral", ha dicho Élisabeth Borne, ministra de Trabajo de Francia, cuyo país ocupa ahora la presidencia de turno de la UE. En la actualidad, el 30,6% de los miembros de los consejos de administración de las empresas cotizadas en la UE son mujeres, pero sólo el 8,5% de los consejos están presididos por mujeres.
En el caso de España, los porcentajes son del 32,6% y del 5,9%, respectivamente. Las diferencias entre los Estados miembros son muy importantes. Aquellos en los que ya se han introducido medidas progresan mucho más rápidamente que aquellos en los que no existe ningún tipo de cuotas, según la evaluación de Bruselas.
La directiva obliga a las empresas a adoptar medidas para alcanzar la cuota mínima del 40% de miembros del sexo infrarrepresentando para los administradores no ejecutivos. La norma prevé también un objetivo alternativo del 33% para todos los miembros del consejo de administración. Corresponde a cada Estado miembro (y no a las compañías) elegir entre estos dos objetivos propuestos.
Los criterios fundamentales para la selección y el nombramiento de miembros no ejecutivos seguirán siendo la cualificación y el mérito. Pero cuando elijan entre candidatos con las mismas cualificaciones en términos de idoneidad, competencias y rendimiento profesional, las empresas deberán dar prioridad al aspirante del sexo infrarrepresentado.
Los Estados miembros que ya han adoptado medidas, como objetivos nacionales para lograr una representación más equilibrada de mujeres y hombres, pueden suspender los requisitos de nombramiento o elección previstos en la directiva. Lo mismo ocurre si ya han realizado avances que les permiten aproximarse a los objetivos fijados en la norma. Los Gobiernos son también libres de tomar medidas más ambiciosas que el sistema propuesto.
Bruselas sostiene que una mayor proporción de mujeres en puestos de decisión económica tendrá un efecto indirecto positivo para toda la economía. Además, las mujeres representan alrededor del 60 % de los nuevos titulados universitarios en la UE. De este modo, un mayor equilibrio de género en los consejos de administración de las empresas también permitiría sacar más partido del gran número de mujeres con un elevado nivel de cualificación de que dispone Europa.