El Gobierno descarta límites al tipo de interés para el control de las tarjetas 'revolving'
El Tribunal Supremo delibera este miércoles si hubo 'usura' en la comercialización de este tipo de crédito aplazado.
26 febrero, 2020 02:16Noticias relacionadas
Bancos y clientes pendientes del Tribunal Supremo. La Justicia delibera este miércoles sobre los intereses de las tarjetas 'revolving' y si la banca fue poco transparente en su comercialización. Un dictamen que puede desembocar en una nueva ola de litigios para la banca que, según datos de Asnef, mantienen unos 15.000 millones de euros en este tipo de créditos.
La sentencia, que podría conocerse hoy mismo, creará jurisprudencia sobre este tipo de crédito aplazado que, según el Banco de España, aplica un interés medio del 19,67%. El caso que estudia el Supremo se refiere a una tarjeta de WiZink que aplicaba un interés del 27% al cliente, muy por encima de esa media.
Con el objetivo de mejorar la transparencia del producto, el Gobierno presentó el pasado mes de octubre un proyecto de Orden que redundará en la protección del cliente, al que los bancos suelen ofrecer cuotas mensuales muy bajas que generan un 'efecto bola de nieve' en su deuda con la entidad.
Aunque no hay una fecha fijada, y tras las consultas públicas realizadas a finales del pasado año, se está ultimando la redacción de la orden definitiva que el Gobierno prevé tener lista en las próximas semanas. Sin embargo, no esperan “cambios de calado” en el texto.
En este sentido, descartan ceder a la petición que han realizado desde algunos grupos de consumidores para favorecer un límite en el tipo de interés que los bancos puedan cobrar en los plásticos 'revolving'. Las asociaciones se apoyan en lo que ya ocurre en otros países como Portugal, donde la legislación impone límites trimestrales a las tarjetas de crédito, con un máximo que ronda el 16%.
La ley lusa
Según explican las fuentes consultadas, la ley en el país vecino también también limita otro tipo de préstamos como los destinados a la educación, con un máximo del 6%, o para la compra de automóviles.
Desde el Ministerio de Economía insisten en que "los tipos de interés son libres” en España, por lo que la posibilidad de 'imitar' a Portugal parece más bien remota. Sin embargo, confían en que la nueva orden baste para evitar casos de ‘usura’ en las ‘revolving’ con las mayores exigencias de transparencia que los bancos tendrán que asumir.
Entre otras, deberán remitir al cliente información trimestral en la que se especifique “la evolución y situación de aspectos concretos del crédito, como el importe del préstamo, fecha estimada de finalización del pago del crédito”, tal y como indica el documento.
Además, las entidades tendrán hacer un estudio de solvencia al cliente. Pero desde las asociaciones de consumidores consideran que el Ejecutivo también se ha quedado corto en sus planes en este sentido.
Según explica Patricia Suárez, presidenta de Asufin, la orden inicial establece que aunque debe haber un control de la solvencia, este no será vinculante al ser un contrato privado y las entidades podrán financiar al cliente aunque consideren probable el riesgo de impago. "Si no hay castigo por incumplir esto, no creo que ni siquiera hagan la evaluación", critica Suárez.
Desde la asociación de consumidores reconocen que aplicar un límite a los tipos de interés es prácticamente imposible con la normativa actual. Sin embargo, sí esperan que la sentencia del Supremo implique un cambio en la forma de amortizar la deuda generada, "que es el verdadero problema para los clientes".