Fecha marcada en rojo en el calendario judicial de la banca española. El Tribunal Supremo se pronunciará el próximo miércoles 30 de septiembre sobre los recursos ya admitidos a trámite sobre el IRPH de las hipotecas, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pasara la ‘patata caliente’ a los tribunales españoles a la hora de decidir si hubo falta de transparencia o no (y por tanto abusividad) en la comercialización de las hipotecas referenciadas a este indicador.
El problema es que la Justicia europea dejó en el aire muchos agujeros sin tapar, que ha provocado mucha disparidad en los juzgados españoles con sentencias a favor de la banca y a favor de los consumidores ante la falta de elementos objetivos para las valoraciones.
En concreto, y según datos recopilados por Asufin, del casi medio centenar de fallos en primera y segunda instancia en materia de IRPH, 28 han sido favorables al consumidor y 20 en contra, quedando en evidencia los distintos criterios aplicados por los diferentes juzgados. “Es fundamental un criterio claro al que los jueces puedan atenerse para decidir si es el IRPH es abusivo por falta de transparencia y las consecuencias del uso del IRPH”, afirma Javier Moyano, CEO de la plataforma Reclama Por Mí.
La banca se juega miles de millones
Es cierto que desde que el TJUE se pronunció en marzo sobre el IRPH, las entidades han acelerado las negociaciones con sus clientes para reducir al máximo su exposición a este indicador al que están referenciadas más de un millón de hipotecas en España.
CaixaBank y Bankia siguen siendo dos de las entidades más expuestas, con unos 6.800 millones de euros en total (5.600 corresponden a CaixaBank). Banco Santander ha rebajado su exposición de 4.300 millones a unos 3.200 millones este año, mientras que Sabadell mantiene 700 millones en hipotecas ligadas al IRPH a cierre de junio, también por debajo de los 750 millones de cierre del 2019.
Además de la amortización de algunos de estos préstamos, la disminución coincide con esta nueva etapa de pactos con los clientes a los que se les está ofreciendo como alternativa cambiarlo de IRPH a euríbor.
El objetivo de los acuerdos es sin duda evitar nuevos litigios. Pero en este sentido, la última sentencia del Supremo sobre las renegociaciones de cláusulas suelo (que estableció que esos pactos podían anularse si el banco no informó bien al cliente), también puede jugar en contra de la banca.
Lagunas por resolver
Los afectados esperan que las lagunas que dejó en el aire el TJUE queden resueltas el próximo miércoles, para que las reclamaciones pendientes y los recursos interpuestos sigan su curso judicial. Se estima que ya son más de 150 recursos de casación los que han presentado ante el Tribunal Supremo entre particulares, asociaciones de consumidores y bancos. El Alto Tribunal ya anunció que no admitiría más hasta que hubiera una sentencia en firme.
Ahora, debe aclarar qué entiende por “falta de transparencia” y sus consecuencias. Es decir, si esa falta de transparencia derivará en la nulidad directa del IRPH o permitirá llevar a cabo el juicio de abusividad de la cláusula, con elementos objetivos que permitan a los tribunales españoles resolver los casos con criterios comunes.
Si finalmente el Supremo fija los criterios objetivos, los afectados podrían acceder a la nulidad y devolución de todos los intereses generados por el índice.
Por otro lado, también podrían optar por sustituir el indicador por el euríbor y la devolución de cantidades en comparación con la hipoteca referenciada. “En este caso, en lugar de considerarse nulo, se sustituirá por el euríbor, incluso aunque en la escritura no estuviera reflejado. Se recalcularía la hipoteca con el índice sustitutivo y se devolverían las cantidades correspondientes a la persona que quiera reclamar el IRPH”, indican los expertos.
De España a Europa… y viceversa
El futuro del IRPH como indicador de referencia para las hipotecas se ha jugado como un partido de tenis entre los tribunales españoles y la Justicia europea. A finales de 2017, fue el Supremo el que declaró válido el IRPH, por lo que no era necesario someterlo a un control de transparencia.
Tras esa decisión, un juzgado de Barcelona acudió al TJUE, que en marzo de este año dejó claro que sí es un índice oficial y regulado, pero que puede ser considerado abusivo. En aquel momento, la justicia europea decidió que fuesen los tribunales españoles quienes decidiesen, caso por caso, si el IRPH se comercializó de forma correcta y con la transparencia adecuada.
Ante la disparidad de criterios y sentencias, la decisión del Supremo será clave para el devenir de una cláusula hipotecaria que se ha convertido en uno de los grandes quebraderos de cabeza judiciales de la banca en los últimos años. Y que podría seguir siéndolo si, en vez de cerrar el caso, el Alto Tribunal opta por devolver el caso a la Justicia europea, algo que paralizaría de nuevo todos los casos a la espera de resolución.