El Instituto de Crédito Oficial (ICO) contará durante el próximo año con el asesoramiento jurídico, financiero y fiscal de EY Abogados para las operaciones de financiación internacional que llevará a cabo a través de su Fondo para la Internacionalización (FIEM), que tiene el objetivo de apoyar a las empresas españolas en sus planes de exportación.
El organismo público, adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, decidió a principios de este año lanzar un concurso para otorgar a una firma legal un contrato de asesoramiento en las operaciones que realiza a través del FIEM.
Tras un proceso que ha durado mes y medio, la comisión de contratación del ICO ha concluido que la firma EY Abogados ha presentado la oferta con mejor relación calidad-precio de las tres que han formado parte de la selección. Es por eso por lo que le ha adjudicado el contrato de asesoramiento para el periodo de un año por unos 121.000 euros con impuestos (100.000 euros en neto), un importe inferior al presupuesto que el ICO tenía disponible para este proceso (200.000 euros).
El importe de la oferta ganadora se desglosa en varios conceptos, como la redacción, el asesoramiento y la novación de contratos de préstamos o bien sometidos a Derecho no español (13.000 euros). Pero también pueden ser sometidos a la ley española redactados en otros idiomas (12.000 euros), así como la redacción de contratos comerciales (12.500 euros) o la emisión de opiniones legales (3.500 euros), entre otros.
La firma legal se encargará de asesorar al ICO en las operaciones que lleve a cabo a través de este instrumento de financiación, creado en 2010 con el fin de promover la exportación de las empresas españolas y su inversión en el extranjero a través de la financiación tanto de sus proyectos como de la asistencia técnica que puedan recibir los mismos.
Financiación con cargo a los PGE
Este fondo se nutre de la aportación de una partida de los Presupuestos Generales del Estado y sirve para financiar proyectos a través de líneas de crédito y préstamos que pueden alcanzar hasta el 100% de su coste, aunque también contempla el uso de transferencias no reembolsables en circunstancias especiales. Los selecciona la Secretaría de Estado de Comercio, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
A esta financiación pueden acceder Estados, Administraciones Públicas regionales, provinciales y locales extranjeras, instituciones públicas extranjeras, y, especialmente, empresas, agrupaciones, consorcios de empresas públicas y privadas extranjeras tanto de países desarrollados como de países en vías de desarrollo.
Eso sí, entre los proyectos con opción a ser financiados a través de este fondo se excluye a las exportaciones de material de defensa, paramilitar o policial destinado a ser usado por ejércitos, fuerzas policiales y de seguridad o servicios antiterroristas y las operaciones vinculadas a servicios sociales básicos, como la educación, la salud y la nutrición.
Tampoco puede otorgarse a través de este fondo del ICO ningún tipo de financiación reembolsable a países pobres que estén altamente endeudados, si bien el Consejo de Ministros puede acceder a ello de forma excepcional.
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