La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha denegado las diligencias solicitadas por Ángel Ron, expresidente del Banco Popular, para investigar las condiciones en las que el Consejo de Administración de la entidad financiera acordó declararla inviable en junio de 2017. De esta forma, el tribunal confirma la decisión del juez instructor, José Luis Calama, que ya se había opuesto a practicarlas.
Así consta en un auto de 16 páginas, fechado el pasado 15 de junio, y en el que los magistrados consideran "netamente impertinente" la solicitud de Ron de indagar en el asesoramiento prestado por Uría Menéndez a los consejeros y de citar como testigos a varios miembros del bufete.
La Audiencia Nacional también se niega a incluir en el caso Popular los correos electrónicos entre el despacho de abogados y los directivos del banco y tampoco investigará las actas de dicho consejo, el último que celebró la entidad bajo la presidencia ya de Emilio Saracho, el día anterior a que el Santander la absorbiera por un euro.
La Sección Cuarta de la Sala ha tomado esta decisión en sintonía tanto con el juez instructor como con la Fiscalía, también contraria a las diligencias. Según los magistrados, la declaración de inviolabilidad del banco fue tomada de manera libre y consciente por los integrantes del Consejo de Administración.
Y añade que sus miembros contaban "con una sólida e indiscutible formación financiera y empresarial", suficiente para adoptar "un acuerdo esencial para viabilidad de la entidad". Además, estuvieron —según reza la resolución— "debidamente asesorados por uno de los despachos más especializados en materia mercantil y bancaria de este país [Uría Menéndez]".
El tribunal —compuesto por los jueces Ángela Murillo, Juan Francisco Martel y Fermín Echarri— consideran que, si los consejeros se hubieran cuestionado la calidad del asesoramiento jurídico-financiero de Uría, "debieron haberlo expresado así en el momento de la aprobación del mismo; no pudiendo venir años después, como consecuencia de los pleitos y denuncias formuladas a esta cuestión, poner en duda su aprobación". A su vez, recalcan que no hubo votos contrarios a aquella decisión tomada el 6 de junio de 2017.
En opinión de los magistrados, las diligencias solicitadas por Ron "carecen de toda relación con el objeto del proceso y supondrían un obstáculo para el normal desarrollo de la causa por las dilaciones que ocasionaría su práctica y ampliación del objeto de investigación, ya de por sí, vasto y complejo".
Tal y como avanzó EL ESPAÑOL, el inversor mexicano y exconsejero del banco Antonio del Valle también solicitó estas mismas diligencias, adhiriéndose al recurso de Ron, a pesar de la manifiesta enemistad entre ambos directivos.
Negativa del juez
En un auto reciente, el juez José Luis Calama, titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, denegó todas estas diligencias. El magistrado se opuso a "desplazar el centro de gravitación" de la decisión del consejo de administración del banco al despacho Uría.
"El consejo de administración del BP [Banco Popular], integrado por personas de indiscutible formación financiera y empresarial, adoptó un acuerdo esencial para la viabilidad de la entidad", expuso, en términos similares a los empleados ahora por la Sala de lo Penal.
"No puede desplazarse el centro de gravitación de esa decisión genuina del consejo a su presunto asesor (despacho Uría). Debemos recordar que los consejeros declararon ante este instructor en calidad de investigados, pudiendo referirse a ese asesoramiento inadecuado a que se refiere el escrito del señor Ron", justificó Calama.
Una causa compleja
La Audiencia Nacional lleva ya años recabando testimonios para tratar de esclarecer las causas que llevaron al sexto banco más importante del mercado español a desaparecer por la intervención de la Junta Única de Resolución (JUR), que también ha tenido que declarar en la Audiencia Nacional.
La causa investiga dos piezas separadas. La primera afecta a la etapa de Ron y su equipo de colaboradores por la ampliación de capital de 2.500 millones de euros que la entidad llevó a cabo en 2016. La segunda se centra en los 108 días que Emilio Saracho estuvo al frente de la entidad por un posible delito de manipulación del mercado para hacer caer el valor de la cotización.
El pasado 5 de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluyó que los antiguos accionistas del Popular no podrán pedir una indemnización al Santander basándose en que el folleto de ampliación de capital previo a su caída contenía información defectuosa.