El Corte Inglés y los sindicatos Fasga y Fetico han pactado la reubicación en otro centro de Jaén de 70 trabajadores, (el 32% de la plantilla del centro de Linares, que se cerrará de forma temporal a partir de marzo), mientras que también han acordado el pago de 5.000 euros para los empleados que sean reubicados fuera de la provincia, según han informado los sindicatos.
Así han informado los sindicatos tras la cuarta y última reunión para negociar las recolocaciones de los 220 empleados del centro. De esta forma, solo el 32% se reubicarán en otro centro de Jaén y se hará en orden de preferencia y garantizado que la unidad familiar, entre otras condiciones pactadas.
El trabajador tendrá garantizado su grupo profesional, jornada y turno de trabajo. La empresa acepta la libre modificación del turno de vacaciones que permita unir los 21 y 10 días, además de la opción de unirlas a la licencia retribuida.
Las vacaciones ya asignadas serán respetadas en los centros de destino. Los trabajadores que así lo deseen podrán tener un incremento de jornada. Las guardas legales serán respetadas con sus mismos horarios de trabajo y turnos y los días pendientes de devolución por trabajo en domingos y festivos o exceso de jornada, podrán disfrutarse en los centros de destino.
Además, se ha pactado que el trabajador que quiera y pueda tendrá la posibilidad de incorporarse al centro de destino en el mes de julio, una vez finalizado el curso escolar (y, excepcionalmente, en septiembre) a través de una licencia no retribuida creada al efecto. El trabajador tendrá derecho a una compensación por desplazamiento de 100 euros al mes por 11 mensualidades.
En cuanto a los traslados, se establece finalmente una compensación de 5.000 euros por gastos de traslado, una licencia retribuida excepcional por traslado de cuatro días. En el supuesto de producirse un puesto vacante en el centro El Corte Inglés de Jaén, los trabajadores/as que ahora sean trasladados a otra provincia y así lo soliciten, tendrán derecho preferente a ocupar dicha plaza.
El Corte Inglés acepta y se compromete a que, si vuelve a instalarse en la ciudad de Linares, en cualquiera de sus modelos de negocio (Eci, Supercor, Sfera, etc...) se dará derecho preferente al personal de la plantilla que va a ser trasladado y que así lo solicite.
En los casos de movilidad geográfica que no conlleva un cambio de domicilio (y por tanto no son considerados como un traslado) se les dará un tratamiento análogo y se les concederá el derecho a la extinción del contrato percibiendo la misma indemnización fijada para el traslado, con una vigencia de un año tras la comunicación oficial del destino.
Extinción de contrato
En cuanto a aquellos que no sean reubicados, se procederá a la extinción del contrato. Los sindicatos han defendido una indemnización por encima de lo establecido legalmente. Sin embargo, aseguran que “la empresa se ha negado en todo momento a abrir esa posibilidad. Para ello, han señalado al art. 40 del Estatuto del Trabajador y a la indemnización en el mismo prescrita, como única vía para la extinción del contrato”.
Para este colectivo, no obstante, y al objeto de garantizar el fomento del empleo en la ciudad de Linares hemos exigido y conseguido, que la Empresa asuma un plan de formación y reintegración laboral desarrollado por una empresa de prestigio, que se concretará próximamente o la creación de una bolsa de trabajo preferente para estos trabajadores.