El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha presentado el anteproyecto de ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario aprobada por el Consejo de Ministros. El objetivo es intentar evitar el desperdicio alimentario en España, especialmente en el canal horeca y en las cadenas de distribución.

Una de las medidas que ha avanzado el ministro es que en las tiendas de alimentación de más de 400 m2 se impondrá la ley de tener un lineal donde determinados productos que estén en perfectas condiciones, pero tengan una "apariencia rechazable", puedan ser vendidos. Con ello se ha referido, por ejemplo, a fruta con aspecto más afeado.

Asimismo, estos establecimientos (en su mayoría supermercados e hipermercados) podrán efectuar promociones de productos que están cerca de caducar. “Son productos donde se sitúa rebaja del 50% o se fijan una cantidad de 1 o 2 euros”, explica Planas. De hecho, es habitual verlo en los líneales de muchas cadenas de alimetación.

Deberán incentivar la venta de alimentos de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles y a granel, y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los mismos.

También, se impondrá la obligación a los operadores horeca de facilitar una bolsa, una caja o un tupper para que el consumidor en sus establecimientos pueda llevarse la comida si no la termina y no vaya a la basura. Esta medida afecta a bares, restaurantes y hoteles, entre otros, que sin coste adicional, tendrán que informar de ello de forma visible, preferentemente en la carta o menú.

Estas medidas están dentro de la estrategia del Gobierno de marcar las diferencias entre la fecha de caducidad (impuesta por ley) y la de consumo preferente. Esta última, ha sido calificada por Planas de “difusa” porque “es en la cual el vendedor se compromete a que el producto está en las condiciones para consumir”.

La ley estipula que el Gobierno adoptará políticas públicas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, y, en su caso, la posibilidad de poner en el mercado los productos con fecha de consumo preferente sobrepasada, para lo que se tendrán en cuenta los criterios establecidos por la Unión Europea en las propuestas legislativas en la materia.

Desperdicio en España

El objetivo principal es evitar el desperdicio alimentario. En España, tres de cada cuatro hogares desperdiciaron alimentos por volumen global de 31,3 kg por habitante al año (según datos de 2020). Si sumamos el conjunto, son 1.364.000 toneladas de alimentos y bebidas, según ha recordado Planas.

Los españoles desperdician 25 millones de kilos de alimentos a la semana

La ley, que consta de 15 artículos repartidos en cinco capítulos, cuatro disposiciones finales y una adicional, pretende establecer un modelo de buenas prácticas para evitar el desperdicio de alimentos con actuaciones en toda la cadena alimentaria, desde el origen en el propio proceso de cosecha, hasta los hábitos de consumo en los hogares y en la restauración.

La normativa establece que todos los agentes de la cadena alimentaria deben contar con un plan de prevención para evitar el desperdicio, y fija una jerarquía de prioridades de obligado cumplimiento. La primera es la utilización para la alimentación humana, a través de donaciones a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

Para la donación de alimentos, las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras en los que se debe recoger específicamente las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte y la selección de alimentos, entre otros aspectos.

Los alimentos que se donen deberán tener suficiente vida útil de almacenamiento para hacer posible su distribución y uso seguro a sus destinatarios finales. Tanto las empresas agroalimentarias donantes como las organizaciones receptoras están obligadas a garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los mismos.

De ahí que haya hecho un llamamiento a todos los eslabones de la cadena para que se comprometan con estas medidas porque "no hay producto alimentario más caro que aquel que acaba en la basura", ha sentenciado Planas.

Sanciones

El régimen sancionador establece cuatro tipos de infracciones graves, todas ellas relacionadas con la donación de alimentos, que pueden ser penadas con multas de entre 6.001 y 150.000 euros

Las causas de esta infracción son impedir mediante estipulación contractual la donación de alimentos; no donar o distribuir los excedentes a empresas o entidades de iniciativa social; o que las entidades sin ánimo de lucro receptoras no mantengan unas correctas prácticas de higiene en la conservación y manipulación de los alimentos.

También es causa de infracción grave la discriminación en el reparto de alimentos por alguno de los motivos mencionados más arriba. Se considerarán faltas muy graves, que pueden ser sancionadas con hasta un millón de euros, la segunda o posterior infracción grave reincidente.

Entra en vigor en 2023 

Una vez aprobado el proyecto de Ley en primera lectura, ahora se seguirá el procedimiento habitual de toma de consulta a las comunidades autónomas, se recabará opinión de las organizaciones y asociaciones afectadas por la norma, se solicitarán todos los informes preceptivos a otros ministerios y a aquellos órganos colegiados pertinentes y finalmente al Consejo de Estado. 

Una vez reelaborado el texto con las aportaciones que se consideren, volverá al Consejo de Ministros para su aprobación y remisión a las Cortes Generales para el trámite parlamentario. Está previsto que la ley pueda entrar en vigor el 1 de enero de 2023.

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