La justicia europea desestima el recurso de Naturgy por las ayudas a centrales de carbón
El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ve motivación para que la Comisión Europea investigue el régimen de ayudas a centrales de carbón.
8 septiembre, 2021 13:41Noticias relacionadas
El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha desestimado el recurso presentado por Naturgy contra la investigación iniciada en 2017 por la Comisión Europea sobre el régimen de ayudas en España a centrales de carbón. En su momento se destinaron a reducir emisiones contaminantes, y se concedieron más de 440 millones de euros a catorce plantas desde su puesta en marcha diez años antes.
La energética argumentó que el Ejecutivo comunitario incumplió, no había motivado su decisión. En su exposición, no facilitó ninguna indicación que permitiera comprender "de manera clara e inequívoca" que la medida tiene un carácter selectivo.
Este extremo ha sido descartado por el tribunal de Luxemburgo "a pesar de lo sucinto" de la justificación de Bruselas.
La investigación de la Comisión Europea se centra, en particular, en el sistema de incentivos para apoyar la instalación de filtros de óxido de azufre en centrales de carbón para reducir las emisiones de este compuesto. En contrapartida, las plantas tienen derecho a recibir ayudas públicas con el tamaño de la central durante un periodo de diez años.
Entre 2007 y 2016, el año previo al inicio de las pesquisas, se acogieron a este régimen de ayudas 20 centrales de carbón de siete empresas, que se beneficiaron en total de 441,6 millones de euros en ayudas estatales. Las más beneficiadas fueron Endesa Generación (198 millones), Gas Natural (ahora Naturgy, con 74 millones), Hidroeléctrica del Cantábrico (67,6 millones) y Viesgo Generación, (52,9 millones).
También participaron Iberdrola Generación España, Iberdrola Generación y Unión Fenosa Generación (15 millones, 29,7 millones y 3,8 millones, respectivamente).
Falta de motivación
Naturgy Energy Group interpuso un recurso contra la apertura de la investigación alegando, por un lado, falta de motivación sobre el presunto carácter selectivo del régimen de ayudas y, por otro, cuestionando el carácter selectivo del sistema.
El Tribunal General de la UE, sin embargo, ha dictaminado que el Ejecutivo comunitario "no incumplió su obligación de motivación" a pesar de lo "sucinto" de la argumentación que aportaba sobre el carácter selectivo de la medida.
Por otro lado, la Justicia europea considera que Naturgy, cuyo recurso fue apoyado en el proceso por EDP España y Viesgo Producción, "no ha logrado demostrar que la medida de que se trata se limitase a poner en igualdad de condiciones todas las inversiones significativas realizadas después de 1998".