La justicia de EEUU reconoce a España como un Estado deudor por las primas renovables
La nueva sentencia reconoce una deuda a la japonesa JGC de 34 millones y supondrá triplicar los intereses de demora en el país a partir de ahora.
La justicia estadounidense emite un nuevo fallo desfavorable para España en relación con las disputas legales originadas por la retirada retroactiva de las subvenciones a las energías renovables.
El Tribunal del Distrito de Columbia, a través del juez Rudolph Contreras, ha ordenado el cumplimiento del laudo arbitral emitido por el Ciadi en favor de la japonesa JGC Corporation, consolidando una obligación de pago de 36,1 millones de dólares (34,2 millones de euros).
El fallo autoriza a los demandantes a buscar el cumplimiento del laudo en suelo estadounidense. Es decir, otorga a las litigantes herramientas legales adicionales frente a la negativa de España a pagar y a los retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales.
La resolución destaca que España está obligada a indemnizar a los inversores afectados conforme a lo dictado en un arbitraje internacional dirimido en el tribunal de arbitraje del Banco Mundial al que JGC Corporation acudió invocando la cobertura ofrecida por el Tratado de la Carta de la Energía (TCE), del que España era firmante cuando ocurrieron los hechos.
Otra novedad de la sentencia es que obligación de pago de 34,2 millones de euros recoge los intereses de demora generados por la estrategia de impagar los laudos. En la práctica, el monto total pendiente de pago se ha disparado en 10,7 millones de euros, es decir, un 53,6% más que en el momento en que se publicó el laudo original.
La Corte de Distrito de Estados Unidos también ha tenido en cuenta la solicitud de los demandantes, quienes pidieron que se calcularan los intereses de demora que pudieran acumularse en el futuro, conforme a lo establecido en la norma 28 USC 1961.
Con esta decisión, a partir de ahora, el laudo se considera una sentencia emitida por un tribunal de EEUU, lo que implica que los intereses se calcularán de acuerdo con los procedimientos del sistema legal estadounidense.
En términos prácticos, esto significa que los intereses de demora aplicables a partir del 15 de noviembre aumentarán al 4%, más de tres veces el ritmo del 1,6% que se aplicaba anteriormente.
El arbitraje, relacionado con dos plantas termosolares en Andalucía, comenzó en 2015 y se resolvió en 2021. La Corte de Distrito de Estados Unidos desestimó los argumentos presentados por España, que cuestionaban la jurisdicción del tribunal arbitral y la compatibilidad del laudo con la legislación de la Unión Europea.
Otros laudos
Además del caso de JGC, España enfrenta otros 25 laudos pendientes que suman 1.562 millones de euros en indemnizaciones, más 321 millones en intereses de demora y costes legales. Los inversores afectados exigen una solución negociada para poner fin a los incumplimientos, reactivar la inversión "verde" en España y evitar más embargos internacionales.
Cabe señalar que el mes pasado España ganó dos laudos sobre disputas de inversión entre empresas de energías renovables nacionales y de otros países de la Unión Europea al reconocer, por primera vez, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) que no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre cuestiones "puramente europeas", según comunicó el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco).
Se trata de laudos relativos a la belga Sapec y la danesa European Solar Farms, que reclamaban más de 72 millones de euros de indemnización y más de 8 millones en costas.