La CNMC vuelve a proponer que se elimine la obligación de mantener las cabinas como servicio universal
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha propuesto de nuevo que se suprima la obligación de mantener las cabinas dentro del servicio universal, después de el Gobierno decidiera el pasado mes de diciembre prorrogar un año más, durante todo 2019, su condición de servicio universal y encargara a Telefónica su prestación.
En un informe elaborado a petición de la Secretaría de Estado para el Avance Digital (SEAD), la CNMC ha analizado la situación competitiva de los elementos que integran el servicio universal para identificar en qué casos su prestación podría no quedar asegurada mediante el libre mercado, de cara a la licitación que debe realizar la SEAD para la prestación del servicio universal a partir del 1 de enero de 2020.
En el caso de las cabinas, la CNMC señala que se ha producido una disminución en el número, el tráfico cursado y los ingresos unitarios por cabina de manera generalizada en todo el territorio nacional, por lo que sugiere, al igual que ya hizo en su informe de 2016, "revisar la conveniencia de mantener el carácter obligatorio de la prestación de este servicio como una de las obligaciones del servicio universal".
Además, también argumenta su propuesta por las decisiones adoptadas en otros países de la UE (algunos, como Francia, Bélgica, Dinamarca y Estonia han ido suprimiendo el elemento del servicio universal de cabinas) y por la actual regulación del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, que ya no las incluye dentro del servicio universal.
El Gobierno decidió el pasado mes de diciembre que la prestación de teléfonos públicos de pago mediante cabinas telefónicas mantendrían una año más su naturaleza de "servicio universal de telecomunicaciones", hasta el 31 de diciembre de 2019, para cuya prestación se volvió a designar a Telefónica.
El Ejecutivo justificaba su decisión en que permitiría realizar una revisión más completa del servicio universal en el marco de la transposición del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, de manera coordinada con la mayoría de países de la UE.
SERVICIO UNIVERSAL
La Comisión recuerda que la resolución del Secretario de Estado para el Avance Digital publicada el pasado 12 de marzo de 2019 determinó el cese de la obligatoriedad de dos de las prestaciones incluidas dentro del servicio universal, las guías telefónicas y el servicio de consulta sobre números de abonado.
Sin embargo, se mantuvieron donde como servicio universal la conexión a red pública de comunicaciones electrónicas, la prestación del servicio telefónico disponible al público y la prestación de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago (cabinas).
El servicio universal está recogido en la Ley General de Telecomunicaciones y garantiza que todos los ciudadanos tengan acceso a una serie de servicios "con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible", lo que incluye llevar la red de telecomunicaciones a cualquier punto del país, incluidas las zonas no rentables.
En su nuevo informe, la CNMC considera que tanto la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas como la prestación del servicio telefónico disponible al público no quedan aseguradas mediante el libre mercado ya que, si bien la cobertura de estos servicios es muy elevada, no se puede afirmar que quede garantizada su prestación en todo el territorio nacional y, por tanto, estaría justificado su mantenimiento como componentes del servicio universal.