El Ministerio de Hacienda tendrá que pagar 1.316 millones de euros a Telefónica después de que la Justicia española diera la razón a la operadora de telecomunicaciones en el histórico conflicto que mantenían ambas partes en relación con el Impuesto de Sociedades correspondiente a los ejercicios comprendidos entre 2008 y 2011.
Este importe se compone, por un lado, de 790 millones de euros por los impuestos que pagó de más indebidamente Telefónica en dichos ejercicios. Por el otro, hay que sumar otros 526 millones de euros en concepto de intereses de demora por el tiempo que se ha tardado en resolver el litigio.
En un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Telefónica informa que este martes le ha sido notificado el Acuerdo de ejecución de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en 29 de octubre de 2021 respecto a este conflicto.
[Telefónica gana a Hacienda y tendrá que devolverle más de 1.000 millones en impuestos]
Dicha sentencia confirmaba los criterios de utilización de bases imponibles negativas y deducciones mantenidos por Telefónica en relación con los Acuerdos de liquidación derivados de la inspección del Impuesto sobre sociedades de los ejercicios 2008 a 2011.
El pago de estos más de 1.300 millones de euros pone fin a la larga batalla judicial que mantenían desde hace años Telefónica y Hacienda. Está previsto que la cantidad que va a abonar el fisco a la compañía entre en la caja de la operadora a lo largo de este cuarto trimestre de 2022.
Histórico conflicto
El origen de este histórico litigio se encuentra en una discrepancia sobre la deducción de un crédito fiscal generado por el operador a raíz de la minusvalía que supuso la venta del buscador Lycos. Desde entonces, el caso ha atravesado varias instancias judiciales hasta llegar finalmente a su fin con este acuerdo de ejecución.
En enero de 2019, el Tribunal Económico-Administrativo Central comunicó a Telefónica su decisión de estimar parcialmente el recurso que había interpuesto por las liquidaciones que pusieron fin a la inspección del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios 2008 a 2011.
Posteriormente, el 29 de octubre de 2021, la Audiencia Nacional volvió a fallar a favor de Telefónica, confirmando la validez de los criterios de utilización de bases imponibles negativas y deducciones que había aplicado la compañía.
La Abogacía del Estado presentó un recurso de casación ante la decisión de la Audiencia, que fue inadmitido por el Tribunal Supremo y devino en firme la sentencia, tal y como informó el Alto Tribunal el pasado 6 de julio a la compañía presidida por José María Álvarez-Pallete.
Con el anuncio de este martes, se produce la ejecución de la sentencia, que hasta ahora estaba pendiente de cuantificar con exactitud el importe tanto de los impuestos pagados de más por Telefónica en esos cuatro años como los intereses de demora.