Trece, el canal de televisión de los obispos, es financiado en buena parte por el dinero recaudado a través del IRPF. Así consta en las Memorias Financieras de la Conferencia Episcopal Española (CEE) de los años 2016 y 2017 -las últimas disponibles- en las que la institución detalla cómo gasta los más de 265 millones de euros recibidos anualmente a través de la casilla de la Renta.
Estas memorias indican que de los 532 millones que recibió la Iglesia Católica como asignación tributaria en estos dos años, 20 millones se destinaron a “aportación de fondos propios de Trece TV”, utilizados en 2017 para rescatar a la empresa de la insolvencia. Unos recursos que, sin embargo, no son incluidos como gastos directos en ninguna partida, sino que se recogen del superávit generado en las cuentas de la entidad.
De esta manera, en 2016 la Conferencia Episcopal -cuyos ingresos provienen en un 99,8% de la Operación Renta- registró un superávit de 19,3 millones de euros y se destinaron nueve millones a fondos propios de Trece, mientras que en 2017 el beneficio fue de 15,9 millones y 11 millones llegaron a la cadena de la que son los socios mayoritarios con el 80% de las acciones.
Una financiación que ya ha sido cuestionada en una sentencia de junio de 2017 en la que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea indicó que no corresponde utilizar ayudas públicas, similares a las que recibe el canal, sin una finalidad estrictamente religiosa, por lo que podrían estar prohibidas si tales actividades son de carácter económico, como es el caso de Trece.
Recordemos que las cuentas de la Iglesia no pasan ningún control de una institución pública y que solo están sujetas a una auditoría -en los dos últimos años de PwC- como si fuera una empresa privada. La diferencia es que el dinero que recibe la Iglesia es público ya que es íntegramente aportado por los españoles que marcan la casilla de la Iglesia en sus declaraciones anuales de la Renta.
En el caso de Trece la situación es aún más escandalosa, ya que estos 20 millones de euros están siendo utilizado en una compañía totalmente ruinosa que desde su fundación en el año 2010 acumula pérdidas de más de 91 millones de euros. Sólo en 2018 registró pérdidas de 7,6 millones, mientras que en 2016 y 2017, los años que recogen las últimas dos memorias de la CEE, perdió 10 y 10,1 millones, respectivamente.
Las pérdidas de Trece estos dos años coinciden casi exactamente con los nueve y once millones aportados como “fondos propios” por la Conferencia Episcopal y representaron el equivalente a todos los ingresos de la televisión estos dos años (11,2 y 11 millones de euros). Las pérdidas de la cadena se generan por sus elevados costes que se elevan por encima de los 20 millones de euros.
¿Cómo se ha usado el dinero en Trece?
Pero, ¿cómo ha usado este dinero la Conferencia Episcopal en Trece?. Básicamente ampliando capital y aprobando préstamos que han salvado a la cadena de televisión de entrar en insolvencia. Según las cuentas de 2017 remitidas al Registro Mercantil, el 5 de octubre de 2016 Trece emitió 13.657 nuevas acciones con valor de treinta euros de valor nominal cada una (409.710 euros), más una prima de emisión de 629 euros por acción (8.590.253 euros de prima) que fueron suscritas íntegramente por la Conferencia Episcopal.
La empresa también explica en sus cuentas que el contravalor de las mencionadas operaciones ha consistido en la compensación del crédito que la Conferencia Episcopal ostentaba frente a la sociedad por un importe de 8.999.963 euros contraído el 27 de marzo de 2012.
Del mismo modo, en las cuentas remitidas se indica que como consecuencia de las pérdidas acumuladas, la sociedad presentaba al 31 de diciembre de 2017 un patrimonio neto negativo de 17,4 millones de euros. Una situación que pudo ser resuelta gracias a la línea de crédito participativo de su accionista mayoritario (la Conferencia Episcopal) con un límite de 20 millones y que fue ejecutado íntegramente a finales de este año.
Es decir, Trece salvó su situación de desequilibrio patrimonial gracias a estos 20 millones recaudados por la casilla de la Renta. Pero hay más: la CEE se ha comprometido con los auditores de sus cuentas a apoyar financieramente a Trece, S.A. para “el adecuado cumplimiento de todas las obligaciones financieras, como ha venido realizando en los últimos años”, garantizando la solvencia de la compañía. Es decir, que confirman que están dispuestos a poner más dinero sobre la mesa cuando sea necesario.
Estos resultados contrastan con los beneficios de Cadena Cope -el otro medio de comunicación propiedad de la Conferencia Episcopal- una compañía que acumuló ganancias de 4 millones de euros y 5,8 millones en 2016 y 2017, respectivamente. La Iglesia utiliza los beneficios de Cope para compensar pérdidas de ejercicios anteriores en su cadena de radio y no para rescatar a Trece, su cadena de televisión. Para ello ya utiliza el superávit que genera en sus cuentas la casilla de la Renta.
Los obispos prefieren pagar el desequilibrio de su cadena de televisión con el dinero de los españoles en vez de poner en riesgo su cadena de radio, la cual es totalmente rentable, autosustentable y que ha generado un excedente de más de 14 millones de euros en los últimos tres años. Cope y Trece son dos sociedades separadas que no tienen ninguna vinculación formal más que tener a la Conferencia Episcopal como accionista mayoritario.
Ante estas operaciones cabe preguntarse si efectivamente es lícito financiar una televisión privada con el dinero que los españoles aportan anualmente a la Iglesia a través del IRPF. En el Concordato de 1953 firmado entre el Vaticano y el Gobierno español se estableció que “la Iglesia y el Estado estudiarán, de común acuerdo, la creación de un adecuado patrimonio eclesiástico que asegure una congrua dotación del culto y del clero”, estableciéndose dotaciones y exenciones fiscales de bienes y actividades.
En 1979 se redactó el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos en el que se estableció que “el Estado se compromete a colaborar con la Iglesia católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico, con respeto absoluto del principio de libertad religiosa”.
Condiciones del Concordato
Se estableció entonces que la dotación global a cuenta de los Presupuestos Generales del Estado: “se fijará cada año mediante la aplicación de los criterios de cuantificación que inspiren los correspondientes Presupuestos Generales del Estado, congruentes con los fines a que destine la Iglesia los recursos recibidos del Estado”, indicaba el pacto.
Posteriormente, en 2007 y con el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, se estableció que la financiación de la Iglesia pasaba a depender casi exclusivamente de la asignación tributaria, sustituyendo a la hasta ese momento asignación vía Presupuestos Generales del Estado. Desde esa fecha, más del 98% del la financiación de la Iglesia española llega a través del IRPF, mientras que el resto son donativos e ingresos financieros.
De esta manera, la disposición adicional decimoctava de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 y en desarrollo de lo previsto en el artículo II del Acuerdo con la Santa Sede estableció con carácter indefinido y con vigencia desde el 1 de enero de 2007, que el Estado destinará al sostenimiento de la Iglesia católica el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF correspondiente a los contribuyentes que manifiesten su voluntad en tal sentido.
Con todo, en ninguna de estas leyes y acuerdos se especificaba el detalle de cuáles eran los fines a los que la Iglesia debería destinar el dinero, más allá del respeto a su independencia y a la libertad religiosa. Una interrogante a la que aporta algo de luz una sentencia europea que avaló la denegación a una congregación de la exención del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
El Ayuntamiento de Getafe desestimó esta exención a la Congregación de las Escuelas Pías Provincia Betania por entender que estas obras del colegio La Inmaculada tenían como destino una actividad empresarial privada y no relacionada con el culto ni la expresión religiosa. Una sentencia del Juzgado número 4 de los Contencioso Administrativo de Madrid basada en la sentencia del la Gran Sala del Tribunal Europeo de Justicia (TJUE) dijo que la exención del ICIO en este caso sería una ayuda de Estado no compatible con el mercado único.
El razonamiento del Tribunal de Justicia de la UE indica que “se consideran ayudas, entre otras, las intervenciones que, bajo formas diversas, alivian los cargos que normalmente recaen sobre presupuestos de una empresa y que, por ello, sin ser subvenciones en el sentido estricto del término tienen la misma naturaleza y surten efectos idénticos”
La sentencia indica que para que una subvención sea considerada de Estado es necesario, por una parte, que sea otorgada directa o indirectamente mediante fondos estatales, por lo que la exención del ICIO supone una minoración de los ingresos del Ayuntamiento, con lo cual serían “fondos estatales”. Del mismo modo, agregan que la Iglesia puede hacer actividades económicas y no económicas, pero debe llevar contabilidad separada para evitar subvenciones cruzadas”.
Finalmente, el fallo concluye que “una exención fiscal como la controvertida en el litigio principal, de la cual se beneficia una congregación de la Iglesia Católica por las obras realizadas en un inmueble destinado al ejercicio de actividades sin una finalidad estrictamente religiosa, puede estar comprendida en el ámbito de la prohibición establecida en el artículo 107 TFUE, apartado 1, si tales actividades son de carácter económico y en la medida en que lo sean, extremo que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente”.
Contenidos de Trece
Una sentencia que sienta un precedente que encaja perfectamente en las prácticas de los obispos financiando Trece y que podrían ser contrarias a la normativa de la Unión Europea. En primer lugar, Trece se reconoce públicamente como “un canal privado, comercial, generalista, con una programación plural y con contenidos aptos para toda la familia”.
Si hacemos caso a la sentencia europea anteriormente citada, vemos que Trece, al ser una televisión privada que se financia con publicidad no debería recibir ningún tipo de subvención ni dinero público (como el del IRPF) porque claramente está realizando una actividad económica que nada tiene que ver con la Iglesia ni con su operativa diaria.
Trece indica también en su página web que “está abierta a todas las posturas, opiniones y creencias pero siempre con una apuesta clara por la defensa de los valores del humanismo cristiano”, pero lo cierto es que al ser una cadena privada busca audiencias y los contenidos que diariamente incluye en su parrilla están poco relacionados con la práctica religiosa y el culto católico.
En un día normal, la cadena emite la misa al mediodía, pero luego se despacha con dos horas de Comisario Rex, una serie policíaca y una sesión doble de cine de acción y western durante el resto del día. Mención aparte merecen sus informativos y su programa nocturno de debate El Cascabel, con Antonio Jiménez, probablemente las únicas inversiones que realmente realiza la cadena en contenidos propios.
Unos informativos altamente politizados y extremadamente escorados a la derecha, que le ha hecho ganarse el apodo de la “Fox española” por el alto contenido conservador de su línea editorial, que trasciende “los valores del humanismo cristiano”.
¿Resultado? Unas audiencias que la mantienen a la cola de las cadenas de TDT. En agosto llegó al 2,4% de share, muy lejos de La 1, Antena 3, laSexta, Telecinco o Cuatro, cadenas que regularmente superan el 10% de audiencias. Esto sin contar con el dumping de Trece sobre otras cadenas de su tamaño como Kiss, Ten o Gol TV que no reciben 20 millones de dinero público para salvar sus cuentas.
Con un fondo de maniobra negativo de 17 millones como el de Trece, probablemente hubiesen tenido que cerrar o recurrir a sus accionistas y no al dinero de la Renta de los españoles.