Varapalo judicial a Cedro. Un juzgado de lo mercantil ha desestimado una demanda interpuesta por la gestora de derechos contra Google Irlanda por los contenidos publicados en Google Discover entre 2016 y 2020. En concreto, por las noticias de medios de comunicación que fueron replicadas a través de esta plataforma del gigante de internet.
Cedro considera que todos esos textos fueron publicados a través de una herramienta de Google que funciona como un agregador de noticias. Sin embargo, el fallo conocido ahora destaca que "la parte demandante apenas ha desplegado esfuerzos probatorios" de que Discover funcione como tal.
De hecho, la sentencia señala que "el servicio Google Discover se presenta bajo la premisa de que es un complemento a Google Chrome y a Google Search en dipositivos Android".
Uno de los argumentos que Cedro empleaba en su demanda contra Google era el hecho de que el número de palabras que se reproducen bajo el hiperenlace suponen la agregación de fragmentos significativos de las noticias. Por tanto, Google debería pagar el llamado Canon AEDE por agregar las noticias de los asociados de Cedro.
El magistrado considera que "el número de palabras reproducidas bajo la frase en la que se incrusta el hiperenlace en Google Discover vienen a ser muy similares a las que en el motor de búsqueda se añaden al mismo hiperenlace cuando se formula una consulta".
Por tanto, insiste la sentencia, "si la demandante considera que esas palabras son agregación, estaría en condiciones de reclamar a Google no sólo por los fragmentos que figuran en el servicio Discover, sino también en el propio buscador".
El fallo, que ha sido adelantado por Reddeperiodistas, no es firme dado que existe posibilidad de recurrir ante instancias superiores. Ahora bien, insta a Cedro a que argumente de forma correcta los motivos que llevan a pensar que Discover es un agregador de noticias, algo que no ha conseguido probar en esta ocasión.
Tampoco está de acuerdo el magistrado en las cantidades que la gestora de derechos reclamaba a Google. En total, tres facturas por un monto total de 31 millones de euros en concepto de impago por agregación de noticias.
Esta cantidad se hace bajo el cálculo de la tarifa del llamado Canon AEDE, que contempla un pago de 0,00029203 euros por cada clic de noticia agregada. Una tarifa que para el magistrado "no es clara ni transparente", ya que se basa "en dos estudios cuya autoría, efectiva existencia y contenido se desconoce; y cuyo autor ideológico no ha comparecido en el procedimiento".
Estamos ante uno de los últimos varapalos judiciales al ya derogado Canon AEDE. Desde hace unas semanas entró en vigor la nueva normativa que permite a los editores negociar libremente sus tarifas con Google y otros agregadores de contenidos.
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