La nueva Ley General de Comunicación Audiovisual ha entrado en vigor este sábado 9 de julio tras haber sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La nueva normativa da a las plataformas como YouTube tres meses de margen para adaptarse a ella.
Según el texto publicado, los artículos 88 al 91 del título V, referido a la prestación de servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma, entrarán en vigor tres meses después de que lo haya hecho la ley.
En concreto, estos artículos se refieren a las obligaciones para la protección de los usuarios y de los menores frente a determinados contenidos audiovisuales, como por ejemplo la prohibición de que los datos personales de menores sean tratados con fines comerciales. También el establecimiento de limitaciones sobre comunicaciones sobre bebidas alcohólicas o juegos de azar.
Polémica
Sí ha en vigor el artículo que, según los productores independientes, abre a la intrusión de empresas ligadas a grandes grupos y multinacionales. Según el Gobierno, este punto quedará totalmente solventado y aclarado en la futura Ley del Cine.
Otra de las claves de la ley es que extiende de las televisiones a las plataformas unas cuotas mínimas de horas de emisión -en este caso catálogo- de obra europea, incluidos unos porcentajes en lengua oficial y cooficiales del Estado.
Así, las televisiones mantienen la obligación de emitir un 51% de obra europea. De ello, al menos la mitad -un 25,5% del total- debe ser en lengua oficial o cooficiales. En el caso de la televisión pública, el 15% de esa subcuota debe dedicarse a obras en lenguas cooficiales –el 3,8% del total-.
Las plataformas -con sede en España- deberán tener un 30% de producción europea en su catálogo; de ese porcentaje, el 50% en lengua oficial o cooficiales (15% del total) y de esa subcuota, un 40% en lenguas cooficiales (6% del total).
También se extiende a las plataformas la obligación que ya tenían las televisiones tradicionales de invertir en financiación anticipada de producción audiovisual europea (tanto cine como series), siempre y cuando generen unos ingresos mínimos.
Se equipara, en este caso plenamente, a televisiones privadas y plataformas en la obligación de destinar un 5% de su recaudación a financiar obra audiovisual, siempre y cuando sus ingresos anuales sean de al menos 10 millones de euros.
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Por otro lado, de momento se mantiene la obligación para las operadoras de telecomunicaciones de pagar el 0,9% de sus ingresos para financiar RTVE que impuso José Luis Rodríguez Zapatero al liberar de publicidad a la televisión pública.
Otro de los aspectos de la ley es que incluye cambios que suponen incrementar la posibilidad de emitir más anuncios por hora, tanto en los canales de televisión en abierto como de pago.
El máximo pasará de los 12 minutos por hora de emisión que marcaba la norma hasta ahora a un sistema por franjas que establece un máximo de 144 minutos entre las 6:00 y las 18:00 horas y 72 minutos entre las 18:00 y las 24:00 horas.