Sara de Román Pérez. Abogada del Área de Propiedad Intelectual e Industrial de Pérez-Llorca
Esto ha provocado la existencia de monopolios injustificados que, además de frenar la innovación, obligaban a los competidores del titular de la patente a conseguir su anulación ante los tribunales. Con la entrada en vigor de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, (la «nLP») este riesgo se minimiza, pues ahora todas la solicitudes de patente serán examinadas antes de su concesión.
Este nuevo procedimiento, que es más fiable y más corto, también es más caro, ya que la realización de ese examen previo obligatorio exige el pago de una tasa que antes no existía. Además, es probable que suponga una reducción del número de patentes españolas. Hasta ahoramás del noventa por ciento de las solicitudes se tramitaban y se concedían sin examen, y muchas de ellas se pedían por las universidades públicas, que han dejado de estar exentas en cualquier caso del pago de las tasas ¿ahora tendrán que demostrar la explotación económica real y efectiva de la invención, y eso no siempre es posible¿.
A diferencia de lo que puede que ocurra con las patentes, parece que con la nLP la figura del modelo de utilidad cobrará aún más augeen España.Lo único que no se podrá proteger como tal seránlos procedimientos e invenciones que tengan por objeto materia biológica, y las sustancias y composiciones farmacéuticas.Todo lo demás ¿mientras sea nuevo en todo el mundo, tenga aplicación industrial, implique actividad inventiva y suponga una ventaja práctica para la fabricación o el uso de un objeto o de un producto¿ podrá protegerse como modelo de utilidad.
Por tanto, con la nLP será más difícil y más caro que antes patentar en España, y será posible proteger una mayor variedad de invenciones como modelo de utilidad. Con independencia de cuál sea finalmente la tendencia, en la medida en que el nivel de desarrollo de un país se mide también por el número de patentes que se piden y se conceden en él¿no de modelos de utilidad¿ ,sería deseable que el modelo de utilidad no se reafirmara como el título de propiedad industrial característico en España.