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Hacienda prepara el modelo 233 para vigilar guarderías y deducciones por maternidad

La Agencia Tributaria va a estrechar su control sobre las guarderías y sobre los contribuyentes que se benefician de la deducción por maternidad incrementada. Para ello prepara un nuevo modelo de declaración, el 233.

2 octubre, 2018 09:27

Hacienda está preparando un proyecto de orden por la que se aprueba el modelo 233, una declaración informativa que tendrá carácter anual para controlar los gastos en guardería y centros de educación infantil autorizados.

El proyecto, al que ha tenido acceso Invertia, está sometido a información pública, y surge para controlar el uso de la deducción incrementada por maternidad en el IRPF. La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 incrementa la deducción por maternidad, en 1.000 euros adicionales, cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Con el modelo 233 ¿se matarían al menos dos pájaros de un tiro¿, señalan los asesores fiscales. Al casar estas informaciones, se vigila al contribuyente que se aplica la deducción incrementada y a las guarderías. Además, recoge alrodrigo en el Foro Fiscal de Invertia, ¿se podrá usar para comprobar las deducciones autonómicas establecidas al efecto¿.

Según la orden de Hacienda, estarán obligados a presentar el modelo 233 las guarderías o centros de educación infantil autorizados (artículo 81.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio).

La presentación de esta declaración informativa ¿se realizará en el mes de enero de cada año en relación con los menores de tres años inscritos en la guardería o centro de educación infantil en el año inmediatamente anterior, así como con los menores que cumplan tres años en el ejercicio¿.

Esta declaración informativa se presentará de forma electrónica por internet, mediante certificado electrónico o, en caso de obligados tributarios personas físicas, alternativamente mediante el sistema Cl@ve, sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal.