El cierre de octubre marca la fecha de vencimiento para siete fondos garantizados de inversión en el mercado español. La cifra no es abultada solo por el número de vehículos para los que llega su fin, sino porque juntos representan más de un 35% de las cuentas partícipes que existen en este tipo de vehículos, según cifras de Inverco al término de septiembre.

Lo más habitual cuando un fondo garantizado llega a su fecha de cierre es que la gestora de turno renueve la garantía para que sus partícipes y sus respectivos patrimonios permanezcan dentro del fondo. Este es el motivo por el que es habitual que a los nombres de estos vehículos les acompañe un número latino o romano que indica su número de edición o bien el año hasta el que se extiende su garantía actual. Son los casos de cuatro de los siete que vencen este octubre.

No obstante, las gestoras pueden optar por dos vías alternativas, ya que la renovación no es obligatoria en ningún caso. La primera de ellas es el cierre del fondo y el reembolso correspondiente a sus partícipes. Una vía muy poco común y menos aún en tiempos de lucha por ganar clientes y carteras en el negocio de los fondos de inversión.

La segunda pasa por reconvertir el fondo en un producto completamente distinto de manera que se altere significativamente su política de inversión en cualquier aspecto de los recogidos en su folleto de registro ante el supervisor. Este es el caso en el que los inversores deben tener mayor cautela y decidir si siguen adelante o recogen lo conseguido hasta el vencimiento, ya que la ley los ampara en esta decisión.

Coger lo propio y guardarlo debajo del colchón o traspasarlo a otro fondo es lo que se conoce como derecho de separación. En el caso de optar por esta vía, bien sea por necesidades de liquidez o por no estar en línea con las nuevas políticas del fondo vencido, uno puede retirarse sin tener que afrontar el peaje de las eventuales comisiones de reembolso. Incluso la simple renovación de la garantía del fondo es motivo válido para ejercer este derecho de separación, aunque no se vean alteradas sus políticas, comisiones u otras circunstancias como también podrían ser cambios en la entidad gestora o depositaria del vehículo en cuestión.

Puesto que la senda más común es la de la renovación de la garantía sin grandes cambios, es habitual que los nuevos vehículos nazcan con un volumen de partícipes y capital muy similar a los de sus antecesores. En cualquier caso, las sociedades gestoras de estos garantizados deben notificar por los cauces habituales de comunicación con sus clientes que se aproxima el vencimiento y que deben tomar una decisión. Un mes es el plazo que marca la ley para poderse pronunciar. En caso de silencio, se entiende aceptada una renovación automática se hayan dado los cambios que se hayan dado.

En el caso de que los partícipes consuman el mes de respuesta y entren en los nuevos fondos, con cambios o no, el derecho de separación ya no existe. En caso de querer recuperar el dinero, tendrán que afrontar las comisiones de reembolso fijadas en cada caso, que acostumbran a ser elevadas en esta familia de vehículos. Un traspaso suele resultar más beneficioso para los partícipes despistados, ya que la mayoría de gestoras aplica comisiones más bajas o no las contempla para estos movimientos.

De los siete fondos que vencen al término de este octubre, cuatro de ellos son garantizados de rendimiento fijo, dos son garantizados de rendimiento variable y uno es de garantía parcial. Bankia y Grupo Caja Rural tienen cada una dos fondos a punto de caducar. En la primera, uno de ellos es heredado de Banco Mare Nostrum (BMN). Uno más, el Bankia Garantizado Rentas 12, ya venció el pasado 2 de octubre.

En conjunto, estos siete fondos suman un patrimonio de 506,7 millones de euros, que se reparten en 23.196 cuentas partícipes, según la última actualización de datos de Inverco. Si a estos números se suman las cifras del ya vencido de Bankia, se superan los 632 millones con vencimiento en este décimo mes del año y más de 29.300 inversores afectados.