Así consta en la Guía Técnica sobre Comisiones de Nombramiento y Retribuciones que hoy ha sacado a audiencia pública la CNMV, hasta el próximo 20 de diciembre, y con la que el supervisor prevé reforzar la independencia de estas comisiones y garantizar que sus miembros tengan el conocimiento, la experiencia y los medios adecuados para llevar a cabo su labor.
Algo que, según fuentes de la propia Comisión, beneficia al buen gobierno de las sociedades, al funcionamiento del mercado, a la transparencia y a las propias comisiones.
Respecto a la recomendación de que estas comisiones cuenten con asesores externos que ayuden a elegir los consejeros, las mismas fuentes han explicado que, aunque hay cierta práctica al respecto en las compañías, la Comisión quiere que se confirme este apoyo.
"Hemos observado que algunas veces hay un único asesor que participa en todo el proceso", ya que elige al candidato y después lo evalúa, e "incluso en algunas compañías de cierto tamaño, no los usan", han precisado.
Así, la guía puesta a consulta considera preferible que el asesor que ayude en la evaluación del consejo no sea el mismo que asesore a la sociedad en materia de nombramientos de consejeros o altos directivos, ni en materia de sistemas retributivos.
La citada guía ofrece principios, recomendaciones y criterios para el buen funcionamiento de estas comisiones, a las que recomienda desempeñar también ciertas funciones respecto a la alta dirección, además de en relación con los miembros del consejo.
Además, en la guía se recomienda que en la composición de estas comisiones se tenga en cuenta la diversidad, y que en el caso de que haya consejeros dominicales, éstos sean preferiblemente "microdominicales".
También se recomienda que las citadas comisiones tengan un reglamento propio, se reúnan un mínimo de cuatro veces al año y que sobre la evaluación y selección de consejeros y altos directivos, elabore y actualice periódicamente una matriz de las competencias necesarias en el consejo y en la alta dirección.
Se aconseja que dichas comisiones valoren la idoneidad y calificación de cualquier candidato, independientemente de su categoría y de quién lo haya propuesto.
La CNMV también recomienda cautela en el nombramiento de consejeros independientes, y se valora que se externalice la búsqueda de estos candidatos.
En materia de retribuciones del consejo y de la alta dirección, el texto indica que la política que la comisiones sometan al consejo debe ser clara, precisa y verificable, basada en criterios objetivos, adaptada a las circunstancias particulares de la entidad.
Además, debe tener en cuenta su impacto en la estrategia y rendimiento de la compañía.
Se recomienda que dicha política se revise anualmente.
Por último, se prevé que estas comisiones sean quienes tengan contacto con los inversores institucionales para explicar el gobierno corporativo de la entidad, y que sea el presidente de estas comisiones quien informe a la junta de sus actividades y propuestas, y atienda las consultas de los accionistas, para que así tenga más relevancia y visibilidad.
Sobre las dimisiones o ceses de los consejeros antes de finalizar el mandato, se encomienda a estas comisiones recabar las razones y analizarlas, y velar porque la sociedad las publique de la forma más fiel posible, lo que supone, en definitiva, "un papel de vigilancia con el objetivo de dar transparencia", según la CNMV.