La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) vuelve a la carga contra las malas prácticas en la comercialización de CFD. El supervisor ha lanzado una alerta en la que también advierte contra algunos programas de fidelización que premian a quienes llevan a nuevos inversores a determinadas firmas o plataformas.

Esta advertencia del supervisor viene a reforzar otras anteriores en la misma línea una vez que se ha percibido “el incremento en los últimos años de la actividad de comercialización de determinados instrumentos complejos y de elevado riesgo entre clientes minoristas por parte de ciertos intermediarios financieros especializados”. Así arranca la institución el comunicado difundido este martes.

En concreto, desde la CNMV se apunta a entidades que actúan desde otros países europeos sin sucursal en España gracias al régimen de libre prestación de servicios. En el caso de los CFD, en varias ocasiones se ha apuntado hacia las firmas radicadas en Chipre. Esta vez se señala a los casos en los que la actividad se redirige hacia entidades dentro del grupo “situadas en terceros países no autorizadas a operar en la Unión”.

Productos restringidos

Con este mecanismo se permite a los inversores minoristas el acceso a productos de elevado apalancamiento restringidos a inversores profesionales en el conjunto de la Unión Europea. Una situación que, según la CNMV, “constituye una actividad de promoción no permitida de los servicios de entidades no autorizadas a operar en España y, en último término, una elusión de las restricciones establecidas”.

Más allá de las implicaciones que pueda tener la publicidad de estos CFD u otros productos complejos de inversión, el supervisor recuerda que “el carácter contrario a la normativa vigente de cualquier actividad que tenga por objeto dirigir a clientes minoristas residentes en España a entidades situadas fuera de la Unión Europea”.

Fidelización

Además, la CNMV ha cargado contra los programas de afiliados o asociados que premian mediante una remuneración fija o un porcentaje de los ingresos conseguidos a quienes les capten nuevos clientes. Una práctica que el supervisor califica como “habitual” pero “inadmisible”, ya que los prescriptores “no cuentan con ningún tipo de licencia para prestar servicios de inversión”.

El supervisor pone el foco en los casos en los que esta captación “se realiza de manera especialmente agresiva” con el uso de métodos que van más allá de una recomendación entre particulares con el empleo de “llamadas telefónicas masivas” a través de call centers, entre otras prácticas. En este sentido, se defiende que “sólo pueden acogerse a dichos programas entidades autorizadas a prestar servicios de inversión o sus agentes”. Algo que excuye a particulares y empresas ajenas al sector o sin el debido permiso.

Registro común

Con el objetivo de que estas malas prácticas se corrijan por parte de las empresas extranjeras que las vienen realizando, la CNMV ha explicado que “tiene previsto dirigirse a los supervisores de valores de otros países de la Unión Europea [...] para que trasladen el contenido de este comunicado a los intermediarios registrados en su territorio que cuentan con pasaporte para operar en España sin sucursal”.

En paralelo, la CNMV ha informado a todos los partícipes del mercado que el próximo lunes, 30 de noviembre, entrará en vigor el nuevo Portal de Notificaciones de ESMA, el supervisor comunitario. Así, a partir de esta fecha, deberán remitirse aquí todos los datos de aprobación o registro de folletos, folletos de base, documentos de registro (DR), documentos de registro universal (DRU), modificaciones a estos, suplementos, notas de valores y condiciones finales.

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