La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha abierto a consulta pública hasta el próximo 30 de septiembre su proyecto de guía técnica para revisar el modelo de evaluación de conveniencia que las entidades de inversión deben realizar a sus clientes. El actual documento data de junio de 2010.
En este contexto, el supervisor ha considerado que es momento de actualizar algunos criterios, prácticas y metodologías. Especialmente, se tendrá en cuenta la normativa surgida al respecto en la última década, los documentos y guías publicados por el regulador europeo ESMA y "la experiencia supervisora" recabada desde su publicación.
La guía está dirigida a las entidades supervisadas que prestan servicios de inversión sobre instrumentos del mercado de valores y depósitos estructurados. La CNMV verificará el cumplimiento de la normativa nacional y comunitaria. Además, se ha anunciado que no se publicará la guía definitiva hasta que ESMA no apruebe las directrices de conveniencia actualmente en tramitación.
Obligado cumplimiento
Entre los aspectos recogidos en el proyecto de guía técnica que se somete a consulta pública, la CNMV indica que las entidades deben asegurarse de que los productos que, a priori, consideran no adecuados para determinados inversores, no se comercialicen activamente a dichos inversores. Especialmente, si son productos complejos.
En este caso, si las entidades contactasen con el cliente y le ofreciesen este producto, dejarían de cumplir las normas de conducta del mercado de valores, aunque le informasen de la inconveniencia de la operación.
Para analizar la conveniencia, la entidad puede basarse en información de la que ya disponga y, si no puede obtenerla internamente, realizará cuestionarios o test de conveniencia, con especial hincapié en el nivel real de conocimientos financieros. Siempre deben preguntar al cliente por su familiaridad con las características y riesgos de los productos financieros, con independencia de que pueda contar con experiencia inversora previa o un cierto nivel de formación académica.
La información que la entidad obtenga en relación con el nivel de estudios, formación o profesión del cliente solo puede aportar una idea genérica de los conocimientos financieros de que dispone, por lo que solo permitiría hacer presunciones generales.
Plazos y excepciones
La nueva guía añade además que, en el caso de profesionales de las finanzas, la entidad debe tener la seguridad de que la experiencia profesional del cliente está directamente relacionada con los mercados de valores, sus productos y sus riesgos. Incluso aunque resulte razonable que pueda presumirse la conveniencia exclusivamente con base en su experiencia profesional.
Para evaluar la conveniencia de una operación, la entidad puede basarse en un análisis previo que tuviese resultado conveniente. La guía que la CNMV somete a consulta pública considera razonable que el periodo de validez de los análisis de conveniencia previos sea de hasta cinco años para productos no complejos y de hasta tres años para productos complejos.
La guía también incluye supuestos en los que no es obligatorio evaluar la conveniencia, en los que la entidad debe incluir una advertencia que indique claramente que no está obligada a evaluar la conveniencia de la operación y que, por tanto, el cliente carece de las protecciones previstas para ese supuesto.