La amplísima mayoría de las firmas españolas de inversión apelará a los supuestos que la adaptación nacional de la directiva europea de mercados contempla para mantener vivo el negocio de las retrocesiones, comisiones que los distribuidores reciben de las gestoras de los fondos que colocan pero que proceden de un cargo contra la cuenta del cliente en el momento de contratación del producto de inversión y, después, de su valor liquidativo. El camino más seguido para recibir comisiones por la colocación de ciertos fondos de inversión será la incorporación de ¿mejoras en el servicio¿, según recoge la VIII Encuesta de Inverco.
Este modelo será el escogido por un 70% de la industria, señala el estudio del Observatorio Inverco, y ha sido ya el señalado por las gestoras de bancos, que hoy por hoy siguen dominando en el mercado español.
Esto se engloba en los conocidos como segundo y tercer supuestos de los contemplados en la transposición de MiFID II, aún en trámite parlamentario. Estas mejoras pueden incluir un servicio de asesoría más especializado, la prescripción de recomendaciones personalizadas basadas en test de idoneidad recurrentes y la obligación de que la contratación de productos tenga lugar en oficinas físicas y no a través de canales digitales.
El segundo método al que más gestoras recurrirán para poder seguir aplicando estos cobros en un modelo de negocio no independiente será el de abrir parte del catálogo a productos de terceros, el primer supuesto. La encuesta de Inverco señala que un 21% de las firmas activas en España apunta hacia esta posibilidad de una comedida arquitectura abierta como vía para salvar los ingresos por retrocesiones.
Ante este escenario, de profundos cambios en la industria, es lógico que un 68% de las gestoras señalen la necesidad de un ¿desarrollo equilibrado de MiFID II¿ para potenciar su negocio. Luxemburgo y Dublín siguen figurando como los dos mercados más ventajosos para la industria, según sus propios protagonistas, de manera que más de la mitad apunta a ¿ventajas competitivas¿ fruto de su reconocimiento global como nodos de distribución, mientras que un 26% de las gestoras apunta más específicamente hacia las ¿menores restricciones normativas¿ que existen en estas plazas.
Por lo que se refiere a la implantación de la directiva europea, dos tercios de las gestoras consideran que el principal efecto será el ¿aumento de los costes operativos por el desarrollo de tecnologías¿, así como por ¿el incremento de la formación¿. En este sentido, nueve de cada diez gestoras de fondos consultadas señala inversiones para la formación de sus empleados y distribuidores. Un 84% de las firmas recurre a cursos periódicos para sus redes, mientras que un 49% cuenta ya con algún programa educativo para sus clientes, que en un 76% siguen siendo físicos mediante cursos o eventos específicos.
A pesar de este entorno cambiante y el renovado protagonismo de la inversión inmobiliaria, un 95% de las gestoras consideran que el año terminará con más patrimonio bajo gestión de aquel con el que se ha iniciado. Además, un 34% consideran que el crecimiento estará entre el 10% y el 15%, porcentaje similar al que estima que alcanzará los 10.000 millones de euros.
Para aprovechar la continuidad del crecimiento del sector, tres de cada cuatro gestoras tienen previsto lanzar nuevos productos al mercado español a lo largo de este año. De estas, un 52% prevé la llegada de entre uno y tres nuevos fondos de inversión, con especial protagonismo en las categorías de renta variable y retorno absoluto. Los perfilados, unos de los más demandados recientemente, podrían aumentar su peso en la distribución de las firmas que ya cuentan con alguno de estos, pero aquellas firmas que no disponen de ellos en catálogo, no parecen dispuestas a su creación.
TRANSPARENCIA
El principal cambio que MiFID II conlleva para el cobro de retrocesiones es la transparencia. Hasta ahora, los partícipes de los fondos corrían con el pago de esta comisión oculta entre el resto de costes de contratación del producto. Una vez entre en vigor la aplicación de la norma, quedarán detalladas. Se trata de comisiones que los intermediarios reciben de los distribuidores de fondos, que previamente las han cobrado a sus clientes.
Estas comisiones se pusieron en entredicho por la posibilidad de que la búsqueda de estos cobros colocase a los distribuidores en conflictos de interés en perjuicio de sus propios clientes, que además no conocían la existencia de esta operativa al no aparecer detallada en folleto.